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martes, 16 de mayo de 2017

América latina: Deuda y libre comercio como instrumentos de subordinación


por Eric Toussaint





La unión del recurso al endeudamiento y la adopción del libre comercio constituyó el factor fundamental de la nueva subordinación de Latinoamérica a partir del siglo XIX.


El periodo de las independencias y la trampa de la deuda (1820-1850)

Entre 1820 y 1825, Gran Bretaña y, en particular, la plaza financiera de Londres estaban inmersas en un frenesí de préstamos con el objetivo de tener excelentes beneficios. |1| La especulación llegó a su apogeo en 1824-1825. Los nuevos Estados que se estaban creando en Latinoamérica, después de las victorias militares independentistas contra la corona española, constituían un destino privilegiado para el excedente de liquidez disponible en Londres. Los préstamos concedidos ¡al reino de Poyais! son la mejor ilustración. Un aventurero escocés, Gregor McGregor consiguió que la Bolsade Londres vendiera títulos de un Estado inexistente, el reino de Poyais, del que era su autoproclamado monarca. En 1822, McGregor pudo «limpiar» el mercado bursátil de la City al colocar los títulos del reino de Poyais por un valor de 200.000 libras esterlinas. Logró convencer a colonos británicos para embarcarse para llegar a su reino fantasma. Cuando esa gente comenzó a darse cuenta que el reino era imaginario, McGregor ya había desaparecido convenientemente.

Sólo entre 1824 y 1825, en plena euforia económica, 624 sociedades anónimas nuevas fueron creadas en Londres, de las que 46 se especializaron en transacciones comerciales, en créditos y en inversiones en las minas de Latinoamérica. La fiebre financiera y comercial orientada hacia Latinoamérica era particularmente importante porque el capital de esas 46 sociedades representaba casi la mitad del capital total de las 624 nuevas sociedades. Otro síntoma de la atracción que ejercía Latinoamérica fue es este hecho: de los 24 millones de libras esterlinas de títulos de deuda vendidos en la plaza financiera de Londres entre 1824 y 1825, un poco más de dos tercios, o sea, 17 millones de libras esterlinas, fueron en nombre de los nuevos Estados latinoamericanos. |2|

En diciembre de 1824, en Ayacucho (Perú), los independentistas latinoamericanos ganaron la última gran batalla de las guerras de liberación que libraban desde hacía 15 años contra la corona española. Desde México a Argentina nacían nuevos Estados republicanos. Se suponía que Gran Bretaña, que después de la derrota de la Francia napoleónica, formaba parte de la Santa Alianza que agrupaba las monarquías española, rusa, francesa, austro-húngara y prusiana, se opondría al debilitamiento de uno de sus Estados aliados. En realidad, y en forma cada vez más activa, el gobierno de Londres sostenía, bajo mano, a los independentistas con el fin de ganar influencia en esa vasta región riquísima en potencial minero, industrial, agrícola y comercial.

Simón Bolívar lo había entendido. Mientras esperaba un crédito y armas de Londres, escribió a Antonio José de Sucre, en mayo de 1823: «Inglaterra es la primera interesada en el éxito de esta transacción ya que desea formar una liga con todos los pueblos libres de América y de Europa contra la Santa Alianza, para ponerse a la cabeza de los pueblos y dirigir el mundo. No es interesante para Inglaterra que una nación europea como España mantenga una posesión como Perú en América. Prefiere que sea independiente con un poder débil y un gobierno frágil. Es por eso que bajo un pretexto cualquiera, Inglaterra apoyará la independencia de Perú». |3|

Los banqueros británicos estaban bien dispuestos a arriesgarse en la organización de empréstitos para los nuevos Estados, en la medida en que eran meros intermediarios. Los títulos de los nuevos Estados eran vendidos en la Bolsa de Londres y su gestión les proporcionaba cuantiosas comisiones. Mientras que el tipo de interés practicado en Londres en el mercado interno, en el momento de la concesión de los préstamos, era de alrededor del 3 %, los tipos impuestos a los países latinoamericanos se elevaban, en general, al 6 % —siendo mayor el rendimiento real —, y las diversas comisiones casi llegaban del 8 al 10 % del monto efectivo obtenido por los banqueros en la venta de los títulos.

Un análisis crítico de las condiciones impuestas por los banqueros a los Estados que pedían préstamos indica claramente que éstas eran leoninas: tipos de interés exagerados, diversas comisiones abusivas, montos transferidos claramente inferiores a las sumas prestadas.

En diciembre de 1825, comenzó la primera gran crisis mundial del capitalismo después del estallido de la burbuja especulativa creada durante los años anteriores en la Bolsa de Londres. Esa crisis provocó una caída de la actividad económica, produjo numerosas quiebras de bancos y creó una aversión al riesgo. A partir de 1825, los banqueros británicos, seguidos por los banqueros europeos, detienen los préstamos hacia el exterior así como en el mercado interno. Los nuevos Estados, que contaban financiar el reembolso de sus deudas con nuevos préstamos de Londres o de París, no encontraron banqueros dispuestos a prestarles el dinero requerido.

Es muy importante subrayar que en el momento en que la crisis estallaba en Londres, en diciembre de 1825, los nuevos Estados latinoamericanos todavía pagaban sus deudas. Por consiguiente, los Estados latinoamericanos no provocaron la crisis, la padecieron.

En 1828, todos los países latinoamericanos, desde México a Argentina, estaban en suspensión de pagos. Y esa suspensión se prolongó de 15 a 30 años según el país.

Hubo gobernantes latinoamericanos que fueron la excepción a la adicción al empréstito. Y ese fue el caso en Paraguay entre 1810 y 1865, durantes los gobiernos de José Gaspar Rodríguez de Francia y sus sucesores. Puso en práctica con éxito un proyecto de desarrollo autocentrado, sin recurrir al endeudamiento externo. (Más adelante en esta serie se dedicará un artículo al respecto.) Por el contrario, Gran Bretaña consiguió reunir a la Triple Alianza entre Argentina, Uruguay y Brasil para poner fin a esa peligrosa experiencia. El pretexto para invadir Paraguay: el rechazo de ese país a abrir totalmente su territorio a las exportaciones de Gran Bretaña y sus asociados, o sea, fue el mismo pretexto que se utilizó para desencadenar las guerras del opio contra China en los años 1839-1842 y 1860. La guerra desencadenada por la Triple Alianza en 1865 recurrió al genocidio del pueblo paraguayo, en una contienda que duró 5 años. La población disminuyó en un 80 %. Paraguay, que había tenido hasta ese momento un importante desarrollo, todavía no ha conseguido rehacerse en el siglo xxi.

Entre los gobernantes latinoamericanos que fueron una excepción a la regla en el siglo xix con respecto al pago de la deuda, se debe mencionar a Benito Juárez de México en los años 1860.


Endeudamiento externo y libre comercio

Durante la primera mitad del siglo xix, los gobiernos latinoamericanos, excepto el de Francia en Paraguay, adoptaron políticas de libre comercio bajo la presión de Gran Bretaña.

Dado que las clases dominantes locales no invertían en la transformación o la fabricación local de productos destinados al mercado interior, la adopción del libre comercio no constituía una amenaza para sus intereses. Y, como corolario, el hecho de aceptar la importación libre de productos manufacturados provenientes esencialmente de Gran Bretaña condenaba a esos países a la incapacidad para dotarse de un verdadero tejido industrial. El abandono del proteccionismo destruyó una mayoría de las manufacturas y de los talleres locales especialmente en el ámbito textil.

En cierta forma, se puede decir que la combinación del recurso al endeudamiento externo y del libre comercio constituye el factor fundamental del subdesarrollo de América Latina. Por supuesto, ligado a la estructura social de los países latinoamericanos. Las clases dominantes locales, y especialmente la «burguesía compradora», decidieron ese camino a favor de sus propios intereses.

Es necesario señalar un factor esencial en el advenimiento de Gran Bretaña como primera potencia industrial, financiera, comercial y militar durante el siglo XIX: las autoridades londinenses mantuvieron una fuerte práctica proteccionista hasta 1846. |4| Mientras que Gran Bretaña había obtenido de los dirigentes independentistas latinoamericanos que firmaran, desde los años 1810-1820, acuerdos por los que se abría la economía de los nuevos Estados independientes en construcción a las mercaderías e inversiones británicas, las autoridades inglesas fueron muy cuidadosas en la protección de sus industrias y de su comercio. Y fue porque Gran Bretaña protegió fuertemente su mercado y por lo tanto sus industrias en pleno desarrollo, al mismo tiempo que destruía las manufacturas de sus competidores (como fue el caso de la industria textil de la India), que ésta consiguió convertirse en la primera potencia.

George Canning, uno de los principales políticos británicos, escribía en 1824: «El negocio está hecho: América hispánica es libre, y si nosotros no llevamos demasiado mal nuestros asuntos, ella será inglesa».

Para llegar a ese resultado, Gran Bretaña no necesitó recurrir a la conquista militar (aunque si lo creyera necesario no dudaría en usar la fuerza). Utilizó dos armas económicas muy eficaces: el crédito internacional y la imposición del abandono del proteccionismo.


Simón Bolívar en el laberinto de la deuda y de las concesiones a los acreedores


Simon Bolivar

Desde el comienzo de la lucha por la independencia Simón Bolívar, así como otros dirigentes independentistas, se lanzó a una política tanto de endeudamiento interno —que evidentemente terminó beneficiando a las clases dominantes locales— como de endeudamiento externo ante Inglaterra y sus banqueros. Con el fin de poder pedir préstamos en el exterior puso como garantía una parte de las riquezas de la nación y tuvo que suscribir acuerdos de libre comercio con Gran Bretaña. La mayor parte del dinero concedido en los préstamos jamás llegó a América Latina puesto que los banqueros retenían unas enormes comisiones, tipos de interés realmente abusivos y vendían los títulos claramente por debajo de su valor nominal. Algunos de los encargados de las misiones latinoamericanas, con mandato de los líderes independentistas, también retuvieron sus jugosas comisiones en el caso de que no hubieran robado pura y simplemente una parte de las sumas prestadas. Y del resto, una parte importante sirvió para la compra de armas y de equipamiento militar a comerciantes británicos y a precios prohibitivos. En cuanto a lo que llegó a Latinoamérica, una pequeña parte de los préstamos, fue incluso malversada por algunos miembros de las nuevas autoridades, de los jefes militares y de las clases dominantes locales. Una serie de citas de Simón Bolívar acompañadas de comentarios de Luis Britto |5| indican claramente que el Libertador fue tomando conciencia de la trampa de la deuda en la que él y los nuevos Estados independientes habían caído.

Un contrato de deuda externa muy favorable a Gran Bretaña

En noviembre de 1817, Simón Bolívar delegó en un enviado especial a Londres la potestad de obtener una financiación exterior mediante un empréstito. En la carta de acreditación que redactó, Bolívar le otorgó unos poderes enormes. Luis Britto hace el siguiente comentario pertinente: «La autorización está concebida en los términos más amplios: se puede estipular“cualesquiera condiciones en que convenga”. Comisionado y prestamistas usarán de ella con la mayor libertad.» (Idem).» En principio las deudas contraídas deberían servir solamente a los esfuerzos de guerra.

Luis Britto se refiere a la creación de la Gran Colombia (Venezuela, Colombia, Panamá y Ecuador) en 1819 en estos términos: «Esta integración trae como efecto la unión de las deudas que había contraído cada uno de los cuerpos políticos. Así, en dicha Constitución, el artículo 8° declara paladinamente: “Son reconocidas in solidum como deuda nacional de Colombia las deudas que los dos pueblos han contraído separadamente; y quedan responsables de su satisfacción todos los bienes de la República”». Britto sigue: «No sólo se consolidan constitucionalmente las deudas: por efectos de la Ley Fundamental quedan constituidos en garantía todos los bienes del naciente cuerpo político. Lamentablemente esta operación no se efectúa con la transparencia que hubiera sido de desear, pues los registros llevados sobre las operaciones estaban incompletos o confusos.»

Las nuevas elites se aprovecharon de la deuda interna y se negaron a pagar impuestos

El cónsul inglés, sir Robert Ker Porter tomaba nota de sus conversaciones con Simón Bolívar en su diario y en la entrada del miércoles 15 de febrero de 1827, hacía constar que: «Bolívar confiesa la existencia de una deuda interna de 71 millones de dólares, en papel, para ser pagada por el gobierno. Cientos de individuos han especulado intensamente y en su mayor parte usurariamente sobre los bonos, comprándolos de los necesitados por el 5, el 25 y el 60 por ciento, y me informan en forma creíble que difícilmente hay un empleado del estado que conserve efectivo, porque todo lo ha traficado en esta inmoral y antipatriótica especulación: el vicepresidente Santander (me cuentan) tiene dos millones de estos bonos, que probablemente compró por 200.000 dólares.» (Britto, op.cit., p. 378).
Luis Britto comenta: «Estos agiotistas a su vez están estrechamente vinculados con muchos de los oficiales y políticos republicanos, que forman grandes fortunas a costa de la sangre de sus tropas.» (p. 380) y añade «el solo anuncio de medidas fiscales rigurosas acobarda a funcionarios como el intendente Cristóbal Mendoza, quien renuncia intempestivamente.» (p. 380).

La deuda nacional nos va a oprimir…declara Bolívar

Es importante subrayar las palabras usadas por Simón Bolívar en una carta al vicepresidente Francisco de Paula Santander el 14 de junio 1823: «En fin, lo haremos todo, pero la deuda nacional nos va a oprimir...» y así se refirió a los miembros de las clases dominantes locales y de los nuevos poderes públicos: «La deuda pública es un caos de horrores, de calamidades y de crímenes, y el señor Zea, el genio del mal, y Méndez, el genio del error, y Colombia una víctima cuyas entrañas despedazan esos buitres: ellos devoraron con anticipación los sudores del pueblo de Colombia; ellos han destruido nuestro crédito moral, en tanto que no hemos recibido sino los más escasos auxilios. Cualquiera que sea el partido que se tome con esta deuda, es horrible: si la reconocemos dejamos de existir, si no… el oprobio de esta nación» (Britto, p. 405)
Dos meses mas tarde, Simón Bolívar volvió a escribir al vicepresidente Santander sobre el tema de la deuda, esta vez refiriéndose a la situación de las nuevas autoridades en Perú: «El gobierno de Riva Agüero es el gobierno de un Catilina unido al de un Caos; no puede Ud. imaginarse hombres más canallas ni más ladrones que los que tiene el Perú a su cabeza. Se han comido seis millones de pesos de empréstito, de un modo escandaloso. Setecientos mil pesos se han robado entre Riva Agüero, Santa Cruz y el ministro de guerra, sólo en unas contratas hechas sobre equipo y embarque de tropas. El congreso pidió cuentas y le trataron como al diván de Constantinopla. Es horrible el modo infame con que se ha conducido Riva Agüero. Lo peor de todo es que entre los godos y los patriotas han puesto a perecer el Perú con sus saqueos enormes y multiplicados. Este país es el más caro del mundo, y no tiene ya un maravedí con que mantenerlo." (Simon Bolivar in Britto, p. 406)

En Julio 1825, Simón Bolívar amenazó con denunciar ante el pueblo el abominable sistema de la deuda

«Los amos de las minas, los dueños de los Andes de plata y oro, están pidiendo millones prestados para mal pagar a su pequeño ejército y a su miserable administración. Que se diga todo esto al pueblo y que se declame fuertemente contra nuestros abusos y nuestra inepcia, para que no se diga que el gobierno ampara el abominable sistema que nos arruina. Que se declame, digo, en la “Gaceta del Gobierno” contra nuestros abusos; y se presenten cuadros que hieran a la imaginación de los ciudadanos.» (Simon Bolivar in Britto, p. 408).


Epílogo y conclusión

La primera gran crisis de la deuda latinoamericana, provocada por Londres, fue utilizada por Gran Bretaña, y luego por otras potencias como Francia, para someter las economías latinoamericanas a las condiciones que imponían los banqueros, así como a los intereses de la industria y el comercio del Viejo Continente. La parte de América Latina que se había liberado del yugo colonial directo de España y de Portugal entró en un ciclo de dependencia, de subordinación y de expoliación liderado por el gran capital británico y su homólogo francés ayudados por sus respectivas autoridades. El gran capital de Estados Unidos, apoyado por su gobierno, comenzó a intervenir más tarde, salvo en el caso de México, país en el que se inmiscuyó constantemente. La tentativa de Paraguay de poner en marcha un desarrollo autocentrado fue aplastada entre 1865 y 1870. México en los años 1860 logró resistir a una gran ofensiva de los acreedores, pero aceptó el libre comercio, lo que bloqueó su desarrollo.

El arma de la deuda y la imposición del abandono del proteccionismo actuaron como poderosos factores de sumisión de los Estados y de transferencia de riquezas de los pueblos de la periferia hacia las clases capitalistas del centro, de paso, las clases dominantes locales recogían su comisión.


Notas

|1| Este articulo es una version reducida de http://www.cadtm.org/La-deuda-y-el-...

|2| Por otra parte, los dos empréstitos griegos de 1824 y 1825 negociados en la plaza de Londres alcanzaron la suma de 2,8 millones de libras esterlinas.

|3| Carta de Simón Bolívar a Antonio José de Sucre del 26 de mayo de 1823, citado por Carlos Marichal, op.cit.

|4| Véase Paul Bairoch, 1993. Mythes et paradoxes de l’histoire économique, La Découverte, Paris, 1999, p. 37.

|5| Luis BRITTO, El pensamiento del Libertador - Economía y Sociedad, BCV, Caracas, 2010 http://blog.chavez.org.ve/temas/lib...

Autor


Eric Toussaint

es maître de conférence en la Universidad de Lieja, es el portavoz de CADTM Internacional y es miembro del Consejo Científico de ATTAC Francia. Es autor de diversos libros, entre ellos: Bancocracia Icaria Editorial, Barcelona 2015,, Procès d’un homme exemplaire, Ediciones Al Dante, Marsella, 2013; Una mirada al retrovisor: el neoliberalismo desde sus orígenes hasta la actualidad, Icaria, 2010; La Deuda o la Vida (escrito junto con Damien Millet) Icaria, Barcelona, 2011; La crisis global, El Viejo Topo, Barcelona, 2010; La bolsa o la vida: las finanzas contra los pueblos, Gakoa, 2002. Es coautor junto con Damien Millet del libro AAA, Audit, Annulation, Autre politique, Le Seuil, París, 2012. Coordinó los trabajos de la Comisión de la Verdad Sobre la Deuda, creada por la presidente del Parlamento griego. Esta comisión funcionó, con el auspicio del Parlamento, entre abril y octubre de 2015. El nuevo presidente del Parlamento griego anunció su disolución el 12 de noviembre de 2015. A pesar de ello, la comisión prosiguió sus trabajos y se constituyó legalmente como una asociación sin afán de lucro.

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miércoles, 11 de mayo de 2016

DEUDA EXTERNA Y ROL DEL BANCO CENTRAL



DEUDA EXTERNA Y ROL DEL BANCO CENTRAL

Hector Giuliano*

El nuevo gobierno Macri está agravando la crisis financiera estructural del Banco Central (BCRA) heredada de la administración Kirchner.

En base a los datos del último Estado resumido de Activos y Pasivos de la entidad – al 30.4 pasado – pueden identificarse algunos puntos clave que fundamentan esta aseveración:

El BCRA no posee, en la práctica, reservas propias: si a las Reservas Brutas (de 34.400 MD-Millones de Dólares) se le restan los 8.400 MD de Encajes bancarios en moneda extranjera y los 10.800 MD de Otros Pasivos (subtotal 19.200 MD) tenemos que el saldo neto se reduce a 15.200 MD.

Desde el punto de vista de su disponibilidad, a este saldo habría que descontarle los 5.000 MD del préstamo del grupo de bancos internacionales liderado por la banca Morgan, del 29.1 – dado bajo términos que se mantienen en secreto – porque los mismos están computados dentro de las reservas pero no han sido efectivizados sino que figuran todavía como Pase Pasivo.

Pero, además, el BCRA tiene otro rubro de deuda cuasi-fiscal – el más relevante dentro de sus pasivos con terceros – por 570.000 M$ (Millones de Pesos), que corresponde al stock de Lebac y cuyo monto equivale a 40.000 MD (al tipo de cambio mayorista de referencia de 14.2582 $/US$).

Esta enorme masa de pasivos a cortísimo plazo – aproximadamente la mitad tendría hoy una vida media de 30 días – se renueva totalmente a medida que se producen sus vencimientos cada semana (los días martes); y, como agravante, se toma sistemáticamente deuda adicional por este concepto.
El stock de las Lebacs era de 346.300 M$ al 7.12.2015 y ha tenido un aumento del 65 % hasta la fecha (los 570.000 M$ citados).

El BCRA no tiene solvencia ni liquidez demostrada para cumplir con esta masa de endeudamiento de cortísimo plazo; como no sea emitiendo más deuda o más dinero sin respaldo.

Para atraer estos capitales financieros que se colocan en lebacs el nuevo Directorio del BCRA ha incrementado en forma extraordinaria las tasas de interés implícitas que paga por esta deuda, llevándolas al récord del 38 % anual a 35 días y con curva de rendimientos invertida, esto es, que – al contrario de la lógica tradicional – las tasas de más corto plazo son más elevadas que las de largo.

Estimando una tasa promedio del 34 % – sobre la masa de Lebac de 570.000 M$ – esto representa una pérdida por Intereses Pagados de casi 200.000 M$ (194.000) en un año para el BCRA.

Aunque la gran mayoría de las Lebacs están en pesos – sólo800 MD están en moneda extranjera (equivalentes a 54.350 M$) – esta impresionante masa de dinero es retenida por el BCRA, a costa de las altísimas tasas de interés de referencia, que paga por una deuda que no es propiamente voluntaria sino que se utiliza para evitar que los capitales colocados en letras no se transfieran a la compra de dólares.
Dicho con otras palabras: que la extraordinaria deuda por Lebacs muestra el costo de la política cambiaria en función del tradicional arbitraje financiero entre tipos de cambio y tasas de interés: pago de altas tasas para que los fondos no se vayan al dólar. Lo que, a su vez, alienta la entrada de capitales golondrina o especulativos de muy corto plazo, que obtienen altísimas ganancias a través del diferencial entre tasas locales e internacionales bajo un esquema de dólar estable e incluso retrasado frente a la inflación real.

Por esta razón, las Lebacs debieran ser descontadas también de las reservas netas – calculadas en el punto a) – ya que si el BCRA no las remunerara de esta manera los fondos no absorbidos dejarían de tomarlas, aumentando así la Base Monetaria (BM) y acentuando consecuentemente las presiones inflacionarias por emisiones sin correlato en incremento del PBI. Quedando de este modo un saldo de reservas netas negativo que llegaría a unos 25.000 MD.

Todas las semanas – los días martes – el oligopolio de la decena de grandes bancos tomadores de Lebac se presenta ante el BCRA con la carta de juego extorsiva de pasar por el escritorio a renovar las letras que vencen o pasar por la caja a cobrarlas; y el BCRA responde con la aceptación virtualmente total de las ofertas recibidas para renovar dichos vencimientos y colocar incluso obligaciones adicionales.

Hoy se da así en la Argentina el despropósito financiero de que el BCRA tiene un stock acumulado de Lebacs igual a la Base Monetaria (569.700 contra 572.600 M$ respectivamente) o, dicho de otro modo: que del total del dinero emitido, la mitad está retenido por el propio banco emisor pagando por ese dinero tasas de interés altísimas.

El extinto Dr. Esteban Cottely – un experto en materia monetaria y cambiaria – sostenía hace ya muchos años y con total fundamento el principio de que era un absurdo que el BCRA pagase interés por su propio dinero, es decir, por el dinero emitido (como era entonces el caso de la Cuenta de Regulación Monetaria, en la época de Martínez de Hoz). Lo que hoy se vuelve a dar bajo el mecanismo de colocación sistemática de Lebacs como forma de contracción monetaria – que tiene análogos efectos recesivos – en lugar de aumentar (si fuese el caso) los niveles de encaje bancarios, que no tienen costo para el Banco.

Con este procedimiento el BCRA estimula y subsidia el negocio financiero bancario – al que se agrega la colocación diaria permanente de una masa de letras overnight, con las que se remuneran los saldos de caja de todos los bancos desde la hora de cierre de cada jornada hasta la mañana del día siguiente (!) – subsidia el dinero ocioso de las entidades financieras y retrae la masa prestable de los bancos para el crédito al Sector Privado de la Economía.

De esta manera, el gobierno Macri – a través del BCRA – contribuye a generar estanflación – estancamiento o recesión con alta inflación – ya que al traslado a precios de la mega-devaluación de Diciembre y al tarifazo en precios/tarifas de servicios públicos, se suma el factor determinante del aumento extraordinario de la tasa de interés, que es también un factor de inflación: un factor que se traslada a precios a través del costo financiero de las empresas y que lo hace más rápidamente que los costos económicos/comerciales.

Toda esta combinación de medidas financieras del BCRA forma parte de la política de ajuste fiscal seguida por la administración Macri, destinada decididamente a gobernar con Deuda Externa:

Bajo el rótulo de una reinserción de la Argentina en el Mundo, el gobierno Macri confiere prioridad absoluta a su nueva ola de endeudamiento externo, comenzada con el aumento de la deuda cuasi-fiscal del BCRA por Lebacs, con el préstamo secreto de la banca internacional de los 5.000 MD por la operación de repo (venta de bonos con compromiso de recompra) y con la colocación de nuevos bonos del Tesoro Nacional por 16.500 MD para pago a los holdouts; que forma parte del programa de aumento de la Deuda Pública Argentina por 36.000 MD durante el corriente año.

Continuando la política de sostenimiento de reservas del BCRA con Deuda – iniciada en gran escala por la administración Kirchner y seguida por la actual administración Macri – el Banco pierde cada vez más su posible autonomía de decisión para sostener en forma genuina la estabilidad cambiaria y promover el desarrollo económico, porque el BCRA deviene condicionado así al poder de los acreedores de las deudas que contrae, como un remedo – o una parodia – de la denominada autonomía del BCRA puesta al servicio de su banca acreedora.

Después del negociado conjunto Kirchner-Macri por los contratos de dólar futuro – que le costarían al BCRA la pérdida de unos 70.000 M$ – el Banco sigue atándose a compromisos de estabilidad cambiaria difíciles de cumplir (15.26 $/US$ según Rofex al 29.7), comprando reservas con deuda (préstamo repo y masa de lebacs) para sostener el tipo de cambio, subsidiando al sector financiero-bancario con elevadísimas tasas de interés y su operatoria de letras overnight, asistiendo al Tesoro a través de Adelantos Transitorios que se materializan con emisión monetaria (160.000 M$ previstos para todo el 2016) y manteniendo una ilógica relación 1:1 entre Base Monetaria y stock de Lebacs.

Lo que pasa es que, en el fondo, el BCRA no busca sostener el valor de peso sino la cotización del dólar – que no es lo mismo – y que para ello esta cotización es mantenida bajo control y con tendencia al retraso cambiario (bajo la ecuación de tasas de interés superiores a la inflación e inflación superior a la devaluación real) para que el gobierno Macri pueda garantizar el pago de los servicios de la creciente deuda externa: de la deuda existente, de las nuevas obligaciones que se están tomando – por parte del BCRA, del Tesoro, de las Provincias y de las Empresas Públicas – y de las que se prevé tomar en el mercado internacional de capitales para sostener su objetivo declarado de reinsertarse en el mundo para gobernar la Argentina con Deuda Externa.

*Licenciado en Administración, orientado profesionalmente a Organización/Sistemas y Planificación Económico-Financiera, en la actividad privada. Especializado en temas de Geopolítica, Economía y Finanzas Públicas. Ex Asesor en el Congreso de la Nación.
Especialista en el tema de la deuda externa. Sobre ello escribió: PROBLEMÁTICA DE LA DEUDA PÚBLICA ARGENTINA, en tres tomos: I. LA DEUDA BAJO LA ADMINISTRACIÓN KIRCHNER, II. MEGACANJE Y CRISIS DE DEUDA 2001, Y III. DEUDA, MONEDA Y USURA.:

jueves, 14 de enero de 2016

La Mayor Estafa al pueblo Argentino


Este documental recorre la historia de la deuda externa desde sus inicios, dejando al descubierto la estafa que esconde. Basado en el juicio que le inició (y ganó) Alejandro Olmos al estado, al sentirse perjudicado por la deuda externa. Un documento histórico.



















miércoles, 17 de octubre de 2012

LA DEUDA EXTERNA Y LA ABDICACIÓN DE LA SOBERANÍA



por Alejandro Olmos Gaona

LA DEUDA EXTERNA Y LA ABDICACIÓN DE LA SOBERANÍA

El embargo de la fragata libertad por parte del fondo de inversión NML, uno de los tantos buitres que compraron bonos de la deuda externa, demuestra la torpeza de los funcionarios ministeriales que no previeron la posibilidad de esa medida preventiva, sabiendo que todavía hay más de 11.000 millones de dólares de bonos en default, y que cualquier tenedor puede afectar bienes de la Argentina que se encuentran en el exterior, ya que el gobierno nacional, se ha negado reiteradamente a auditar la deuda pública e impugnar los créditos fraudulentos, limitándose a acciones defensivas inoficiosas

La discusión sobre la procedencia del embargo o su supuesta ilegalidad está ceñida a diversas disposiciones del derecho internacional, muchas de las cuales pueden ser materia de diversas interpretaciones a favor o en contra de la medida cautelar.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar, establece en su artículo 95 la inmunidad de los buques de guerra que se encuentren en alta mar, y genéricamente el artículo 32 de la misma determina la inmunidad de los buques, lo que una mirada superficial mostraría como una norma relevante para que la fragata Libertad sea desafectada y pueda continuar con su navegación. Pero ocurre que en esta cuestión de las inmunidades, no existe una norma de derecho internacional explicita que proteja estas embarcaciones, si el propio Estado no se ocupa de su salvaguarda, o si renuncia a las inmunidades que podrían protegerla.

Los bonos que ejecutaron los fondos buitres y que fueran emitidos a partir del Plan Brady, en 1992 y durante la década del 90, tienen una clausula explicita de renuncia del gobierno argentino a oponer la defensa de inmunidad soberana. La renuncia del Estado argentino es total, y solo excluye las reservas de libre disponibilidad de propiedad del Banco Central, los activos existentes en la Argentina, y los bienes que se encuentran fuera del país afectados a un servicio público esencial. En ningún caso se excluyó a los buques comerciales o de guerra de esa renuncia a la inmunidad. Además y como una evidencia más del sometimiento a los bancos extranjeros, el Estado se sometió a la aplicación de la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos y a la Ley de Inmunidad de Estado de Gran Bretaña de 1978, que admite la procedencia de cualquier país de ser juzgado en esos territorios si declara que los actos celebrados no son actos soberanos, sino comerciales y sujetos al derecho privado. Además el Estado pactó que la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana era irrevocable no solo en el momento de la emisión de los títulos, sino que continuaría vigente, aunque alguna norma posterior así lo determinara.

Toda la estructura del Plan Brady que fue impuesta en los países latinoamericanos, para producir una descomunal transferencia de recursos públicos, contaron con todas estas clausulas de renuncia y los gobiernos las aceptaron, sin que nadie realizara objeción alguna, ni aún los abogados del Estado. La únicas excepción que conozco, fue la del Procurador del Estado de Ecuador, Dr. Bertini Arbelaitz, que se negó a convalidar la renegociación de la deuda, por la existencia de estas clausulas que contrariaban el interés nacional.

Estos criterios lesivos para la Nación continuaron invariablemente y fue así que cuando Néstor Kirchner emitió el primer decreto de restructuración de la deuda pública en marzo de 2004, también renunció a oponer la defensa de inmunidad soberana sobre “bienes del Estado Nacional” (Artículo 8 del Decreto 319). En una norma posterior, el decreto 1735 del 9 de diciembre, resolvió excluir de la renuncia a la inmunidad a los bienes asignados al uso militar. Cabe agregar que las renuncias a la inmunidad de nuestra soberanía, contaron invariablemente con la conformidad de los distintos Procuradores del Tesoro, que en sus dictámenes estimaron procedente la misma, llegándose al extremo en el caso de los Bonos Brady, de que el dictamen firmado por el Procurador le fue redactado íntegramente por los abogados de los bancos acreedores (J.P. Morgan y Citibank).
Como en la Argentina, siempre se omite consignar los nombres de los responsables, es bueno recordar que desde la dictadura para acá los que autorizaron estas renuncias y prorrogas fueron Videla, Viola, Galtieri, Martínez de Hoz, Klein, Menem, Cavallo, Daniel Marx, Roque Fernández, de la Rúa, Kirchner, Lavagna, entre otros que participaron de esos gobiernos.

Es bien sabido que para la legislación anglosajona (Ghana es miembro del Commonwealth) los pactos entre partes, están por encima de la ley y deben cumplirse, de acuerdo al principio de la autonomía de la voluntad. En el caso de la deuda externa argentina, hay una continuidad estructural en la renuncia a la inmunidad, ya que todos los títulos emitidos a partir de 1976 tienen esa cláusula, que además se repite en toda la instrumentación de las operaciones y está autorizada por los decretos del Poder Ejecutivo Nacional.

La renuncia a la soberanía en todas las emisiones de bonos públicos de la deuda externa, se completó con el sometimiento sistemático a la prorroga de jurisdicción en favor de los tribunales de Londres y de Nueva York, desconociendo la tradicional doctrina argentina de que las controversias debían sustanciarse ante nuestros tribunales. Esa lamentable declinación de nuestra potestad jurisdiccional arrancó con la ley 20548, promulgada por el Presidente Perón en noviembre de 1973, y se explicitó definitivamente cuando la dictadura cívico-militar modificó el artículo 1° del Código Procesal Civil y Comercial, por la cual se permitió la prorroga de la jurisdicción a favor de jueces extranjeros. A partir de allí siempre quedamos a merced de los jueces extranjeros que invariablemente fallaron contra los derechos del país, como ocurriera en el conocido caso Weltover en 1992.

Si no se abandonan estos criterios de sometimiento, los mercados financieros, los fondos buitres y todos los especuladores de deuda soberana continuarán haciendo de las suyas. Los amparan títulos de deuda y decretos de gobiernos, que en esta política de negociar el endeudamiento no vacilaron en comprometer la soberanía de la República.

lunes, 21 de mayo de 2012

“La deuda externa es un genocidio”






Evelina Ramírez
Periodista

Semanas atrás, Huellas de la Historia y El Club de la Pluma organizaron una serie de presentaciones literarias con el objetivo de repensar críticamente nuestra historia pasada y reciente, en el marco de la conmemoración de un nuevo aniversario de la Revolución de Mayo.
En la oportunidad, uno de los escritores invitados fue Néstor Forero(1), quien presentó su último libro “El crimen de la deuda externa”, una obra necesaria para entender el presente de nuestro país. En ella el autor detalla el minucioso trabajo de investigación que viene desarrollando desde hace 27 años para conocer el origen y crecimiento de la deuda externa argentina.
Desde el 16 de diciembre de 2009 Forero forma parte del grupo que asesora al juzgado que investiga la deuda desde 1976 a la fecha. Su designación le permitió tener acceso a las dos causas iniciadas por Alejandro Olmos: la que investigó la deuda externa contraída por el Estado Nacional durante el período 1976/1982 que tuvo el fallo en julio de 2000, en que se calificó a la deuda como fraudulenta e ilegítima; y otra posterior por la deuda privada traspasada al Estado y toda la deuda externa contraída y renegociada durante los sucesivos gobiernos democráticos hasta nuestros días.
Su escrito es un testimonio valioso que explica con sencillez los cómo, cuándo, porqué de este crimen organizado contra el pueblo argentino, y la pelea de un puñado de argentinos para que se decrete la nulidad de la deuda contraída durante el proceso cívico-militar de 1976/1983 en base a la ilicitud y fraudulencia de las operaciones. Cruda descripción de un saqueo permanente de un país que produce alimentos para 300 millones de personas pero tiene una parte de su población por debajo de la lía de la pobreza.

-¿De dónde surge la idea del libro y cuánto hace que viene investigando?

-El tema de la deuda externa lo vengo investigando desde hace 27 años. En diciembre de 2009 fui nombrado auditor por el juzgado que investiga la deuda. Justamente este libro, “El crimen de la deuda externa”, pretende ser un documento de rendición de cuentas a la nación de lo que hemos visto, investigado, denunciado y solicitado. Hemos tratado de hacer un libro sencillo, de no más de 200 páginas para que pueda ser leído porque sabemos que los grandes volúmenes quedan en el olvido. Simplemente queremos que la gente tenga un pantallazo sobre el principal problema que ha tenido la República Argentina, este fraude que se ha creado a la nación y al pueblo argentino y porqué esto explica la pobreza que hemos tenido en estos años, la desnutrición, la falta de industrialización, la falta de educación y el saqueo permanente de los recursos, lo cual convirtió a nuestro país en territorio tributario.

-En cierto modo, la investigación que viene desarrollando es una continuación del trabajo de Alejandro Olmos, ¿verdad?

-Sí, yo tomo las investigaciones que había presentado don Alejandro Olmos. Él presentó más de una denuncia; la primera la hizo en el año 1982 por la deuda del Estado contraída durante la dictadura militar, que tuvo un fallo en julio del año 2000, donde se decretó que la misma era fraudulenta y ficticia. Pero además, él hizo otra denuncia por la deuda privada contraída durante el proceso militar y las renegociaciones posteriores que hizo el gobierno de Alfonsín y que también abarca el período democrático hasta nuestros días. Eso se juntó en otra causa que es en la que fui designado auditor. Lo que nosotros hemos hecho como auditores –y digo nosotros porque somos cuatro personas: dos maestros: el doctor Miguel Ángel Espeche Gil, dos veces candidato al premio Nobel de la Paz y el doctor Julio González, que fue secretario Legal y Técnico de Perón, y sus discípulos: la doctora Graciela González, quien es abogada al igual que las dos personas que mencioné anteriormente, y un contador público, que soy yo. Nosotros nos presentamos en el juzgado y al tener acceso a ambas causas, 55 mil fojas, notamos que en la causa que ya tiene fallo, el mismo es incompleto porque si bien allí se declara que el proceso de endeudamiento fue fraudulento, ficticio e ilegítimo, y lo detecta, como dice el fallo, en no menos de 477 operaciones, el juez tendría que haber decretado la nulidad absoluta de esas operaciones. Esto implica que todas las renovaciones que se hayan hecho caen por su propio peso. Es decir, todos los pagos que se han efectuado se han hecho por deudas que no se deben. Entonces hay que reclamar la restitución de los pagos efectuados. Eso convertiría a la República Argentina de deudora a acreedora internacional.
El fallo ya lo señala así. Ha habido varias pericias que demuestran que Argentina al 31 de diciembre de 1983, al regreso de la democracia, era acreedora y no deudora del mundo. Lo que nosotros le pedimos al juez – y ahora a la Cámara porque el juez se negó a tratarlo- es que simplemente se cumpla con la ley. El juez debe declarar la nulidad de la deuda; lo manda el Código Civil, debe decretar la nulidad de las operaciones que han sido fraudulentas. Para eso necesitamos que el pueblo argentino conozca este fraude y tome conciencia y nos ayude para que la presión popular haga que el juez cumpla con su obligación.

-El fallo del año 2000 declaró la deuda ilegítima y fraudulenta. Pero ¿cuál ha sido el peso en concreto que ha tenido este dictamen?

-Si no se declara la nulidad, es una simple declaración de barricada porque no tiene ningún efecto jurídico, ni económico, ni social, ni político. Es como si a una persona le falsificaran la firma en un pagaré. Esa persona va a la Justicia y el juez dice: “La firma es falsificada, pero pague”. Ese es el escándalo que tenemos hoy. Por eso necesitamos llevarle todo el conocimiento a todo nuestro pueblo para que sepan lo que pasa y tomen conciencia de que este es el principal problema de Argentina, porque somos acreedores y no deudores, y en el medio hemos pagado 218 mil millones de dólares por una deuda de 7.600, y todavía debemos 180 mil millones más. Es una locura y un verdadero saqueo; es una estafa al pueblo argentino y lo peor es que lo estamos pagando con el hambre de nuestros hijos, con la falta de salud y de educación. Es un genocidio hecho, no por entelequia, sino por organizaciones delictivas como el Fondo Monetarios Internacional, el Banco Mundial, empresas que han participado de este saqueo y funcionarios públicos que hoy están impunes, que andan por la calle y muchos de ellos nos siguen queriendo dar lecciones de moral por las cámaras de televisión.

-¿Cuáles son las principales consecuencias que el pueblo argentino ha tenido que padecer por esta deuda ilegal? 
 
-El hambre, la desnutrición, la falta de recursos, la desindustrialización. La deuda era originariamente de 7.600 millones al 24 de marzo de 1976. Cuando asume Alfonsín, la deuda era de 44.300 millones de dólares y 18.000 fábricas menos. Cuando Alfonsín le entrega el gobierno a Menem, la deuda ascendía a 64.000 millones de dólares y 54.000 fábricas menos. Cuando Menem termina su mandato, entrega el poder con una deuda de 140.000 millones de dólares, después de haber entregado todo el patrimonio público a través de las privatizaciones y con 108.000 fábricas menos. Esa es la causa de la falta de recursos, de la falta de trabajo genuino, de la falta de las cuestiones más elementales de la vida. En el medio, se nos mueren los niños y los ancianos por la falta de recursos. Todo este sistema de injusticia que padece el pueblo argentino, la represión, las guerras químicas y bacteriológicas que nos han metido, como las drogas o las pandemias, son parte de la dominación. Ellos necesitan que no sólo la República Argentina sino todo el continente americano, el africano y distintas partes del mundo requieren de una escasa cantidad de población, la mínima esencial para su propia seguridad. El problema de la deuda no es sólo argentino, sino que es mundial en el cual los bancos han estafado al mundo. Escuchamos decir que la crisis financiera de 2008 al 2010 se produjo por activos tóxicos. ¿Qué tóxicos? Son fraudes producidos por bancos contra los norteamericanos y los ahorristas del mundo. Hay que llamar a las cosas por su nombre. Los bancos hoy por hoy son los verdaderos ejércitos de ocupación imperiales que someten a los pueblos, y la deuda externa es el mecanismo que tienen para el saqueo.

-¿Considera que la población conoce este tema?

-Creo que el pueblo intuye que esto es una trampa, pero no conoce los mecanismos. Además, la mayoría de los partidos políticos tiene un discurso uniforme: hay que pagar, no se discute, de la deuda no se habla; son parte de la dominación. Pero, ¿cuál es nuestra tarea? Dar testimonio. Tuvimos la oportunidad de ver in situ el fraude y por eso tenemos que darlo a publicidad para que, ante la estúpida resignación, estalle la santa indignación del pueblo argentino ante los responsables de esta tragedia, que ha sido planificada. Nosotros en el libro decimos que no tenemos 30.000 desaparecidos, tenemos casi un millón y para decir esto utilizamos las cifras de los censos. Cuando en el año 70 nos censaron, éramos 21 millones de habitantes. Por la tasa de crecimiento que teníamos, que era del 2,2 por ciento, los censistas planificaban que en el año 2000 íbamos a ser 40 millones. Cuando nos censaron en el año 2001, la sorpresa fue que éramos 36,2 millones y teníamos 2,8 millones de argentinos en el exterior. El total era de 39 millones, cuando en realidad tendríamos que haber sido 40 millones. Nos falta un millón de argentinos. Recién ahora, 10 años después, somos 40 millones. Eso se debe analizar teniendo en cuenta el cambio del sistema económico, porque pasamos de tener un sistema de producción industrial y tecnológico a otro basado en la renta financiera y la explotación sólo de materias primas sin valor agregado. En el medio se nos murieron un millón de personas a razón de que casi 10 mil niños mueren por año antes de cumplir un año de vida y 19 mil niños antes de cumplir cinco años, por razones solamente económicas, sociales y culturales totalmente evitables. Multiplicando esa cifra por 30 años que lleva la implementación de este sistema y nos da como resultado la cifra que nos marca la magnitud de este genocidio de carácter financiero, que tiene a la deuda externa como el pilar básico de esta esclavitud. Somos esclavos en nuestra propia tierra.

-En este proceso de investigación que viene llevando, ¿has recibido algún tipo de presiones o intimidaciones?

-Sí, pero es parte del juego y uno lo debe tomar como las reglas básicas de lo que está haciendo. Me preocuparía que lo que estamos haciendo no tuviera ningún tipo de repercusión. Cuando uno se decide a hacer esto, sabe que son las condiciones lógicas y las asume. Es más importante dar el testimonio que los miedos personales; es más importante que los jóvenes entiendan porqué pasa lo que pasa, que las chicanas que podamos recibir por ahí.

-La gente interesada en colaborar con esta causa, ¿qué puede hacer? 

-Estaría muy bien poder juntar unas cuantas firmas para entregárselas a la Cámara que hoy tiene el fallo, en apoyo a nuestra gestión. Nosotros estamos pidiendo, por un lado, la nulidad absoluta de la deuda contraída por el Estado durante el proceso militar, y por el otro, en otro juzgado, estamos pidiendo que se suspenda la prescripción de las condiciones civiles para que los responsables de haber contraído este fraude a la nación, paguen con sus bienes personales. Estamos hablando de que todos los Ministros de Economía y todos los Presidentes del Banco Central, que son los que fundamentalmente firman los acuerdos por la deuda externa, paguen con sus bienes personales. Estamos diciendo que Martínez de Hoz, Alemman, Sourrouille, Cavallo, Machinea y unos cuantos más, le restituyan al Estado y al pueblo argentino la riqueza mal habida que han tenido por su inconducta y su traición a la patria.

-La suspensión de la prescriptibilidad, ¿sólo se puede hacer declarándolo un crimen de lesa humanidad?

-Nos vendría muy bien que la causa sea imprescriptible, pero con las normas jurídicas actuales cuando pasan 10 años de un fallo penal, tenés 10 años para hacer una demanda civil. El día que se cumplían 10 años del fallo de la causa de Alejandro Olmos y quedaban impunes todos estos crímenes contraídos durante el proceso militar, nosotros nos presentamos ante un juez contencioso administrativo y solicitamos la suspensión de la prescripción hasta tanto el Estado argentino se presente y sea querellante contra los civiles que contrajeron fraudulentamente esta deuda. Así como en el actual gobierno hay toda una política para perseguir justicieramente a los civiles que participaron del proceso militar y del genocidio, desde el punto de vista del saqueo y la muerte de nuestros compañeros, también los responsables financieros de ese proceso deben pagar con sus bienes personales por el saqueo argentino.

-En este proceso de dar a conocer su libro y su investigación, ¿cuál ha sido la respuesta de la gente?
-Primero no lo pueden creer y luego tiene lugar la indignación. Espero dar la movilización para que, por un lado, los movimientos sociales apoyen esta causa, porque aquí estamos librando una batalla cultural ante la resignación. Nos quieren imponer la resignación de que nada se puede hacer ya. Ante eso decimos: “Si se puede hacer” y no tenemos que inventar nada, las leyes están y dentro del marco jurídico podemos hacer justicia. La movilización popular es la única que nos puede ayudar.

Notas:
1. Néstor Forero es doctor en Ciencias Económicas y se ha especializado en temas vinculados a la deuda externa. Realizó estudios ampliatorios y maestrías en economía, economía monetaria, cuentas públicas, impuestos nacionales, derecho tributario internacional, estrategia y filosofía medieval. Ha publicado los libros "Deuda externa y crimen social en Argentina" (2003) y "El saqueo de 1806. Valor actual del saqueo inglés" (2005) y “La matriz bicentenaria de dominación” (2008). Sus artículos han sido difundidos por periódicos y revistas, siendo actualmente un conferencista permanentemente invitado por Universidades y Sindicatos. Como único contador público independiente que asesora al juzgado que investiga la deuda externa argentina desde 1976 a la fecha este es su testimonio.

http://www.huellasdelahistoria.com/ampliar_contenido.php?id_noti=468


martes, 6 de diciembre de 2011

El estado real de la deuda Argentina


Por Pino Solanas para LA NACION
El gobierno nacional desinforma sobre el estado real de nuestra deuda pública y las perspectivas económicas frente a la profundización de la crisis del capitalismo global.

De tanto repetirse, pareciera que el tema de la deuda no interesa a nadie, y no se advierte que es un asunto explosivo tanto en los países de Europa como en los Estados Unidos, país poseedor de la mayor deuda de la historia.

Aunque se manipule la información, la deuda argentina sigue siendo una de las causas fundamentales de la degradación social y estructural del país. Originada en la dictadura, la deuda es una sola y se multiplicó haciendo desaparecer los excedentes de riqueza que produjo el trabajo nacional: de 1982 a hoy, según cifras oficiales, la Argentina ha pagado 268.000 millones de dólares.

Desde el empréstito Baring, de 1824, la deuda es un instrumento de dominación neocolonial: el negocio del imperialismo financiero que no se debe cancelar.

La Presidenta sostiene que la Argentina se está desendeudando y que la deuda se redujo por el mayor canje de la historia -año 2005-, que alcanzó al 70%. Ni lo uno ni lo otro. De acuerdo con el Ministerio de Economía, a marzo de 2011 la deuda pública ascendía a 184.000 millones de dólares, contando los 100.000 millones que se adeudan al Banco Central, al Banco Nación y la Anses. Sin embargo, la deuda es hoy de 241.000 millones -sin contar la deuda de las provincias con aval del Estado, que ronda los 20.000 millones- porque deben sumarse los 25.000 millones de las letras Lebac y Nobac del BCRA, más los 32.000 millones que se deberán pagar por los bonos ligados al PBI.

El endeudamiento externo crece a un ritmo de 9500 millones de dólares anuales: en 2012 deberá pagarse de intereses un monto equivalente al 8,9% del presupuesto nacional, y refinanciarse 51.800 millones de dólares por vencimientos de capital.

Tampoco se redujo la deuda externa un 70% en el canje de 2005. La totalidad de lo adeudado era 191.200 millones y sólo se negoció la parte de la deuda privada que entró en el canje de 62.000 millones: fueron canjeados 37.000 millones por tres nuevos bonos con tasas del 8% anual y vencimientos escalonados a 30 años. La reducción fue de 25.000 millones, solo el 15% del total. Pero como se les otorgó el beneficio de ajustar los bonos a la inflación y al PBI desde 2005, los beneficios otorgados superaron la quita. En noviembre de 2010, el Congreso votó otro canje de deuda: se cambiaron los bonos que no se habían canjeado por bonos nuevos atados al cupón del PBI y otra vez la reducción desapareció.

Poniendo fin a la histórica causa iniciada hace 30 años por Alejandro Olmos, la sentencia del juez Jorge Ballestero señaló más de 477 ilícitos y declaró fraudulentas las tres cuartas partes de la deuda. Mientras el Congreso sigue soslayando su obligación de investigarla, con los diputados del interbloque Proyecto Sur solicitamos el año pasado a la Justicia se decretara la nulidad de la deuda. Por primera vez, un fiscal federal acaba de solicitar abrir el postergado proceso: el doctor Federico Delgado sostuvo que el pedido "es correcto y se inscribe en la lógica de lo dicho por el juez Jorge Ballestero en 2000".

A pesar de lo expuesto, el ministro Boudou negocia pagar al Club de París la deuda contraída por la dictadura, que era de 863 millones de dólares y fue denunciada por fraudulenta. Desde entonces, se le han pagado al Club de París más de 9000 millones y reclaman otros 8400.

¿Cómo puede aceptarse su pago en medio de la crisis global, y sin haberla investigado, si están ya comprometidas las reservas del BCRA? ¿No ha llegado la hora de pagar la deuda interna con los 700.000 niños desnutridos, el 82% móvil de los jubilados y el salario mínimo vital y móvil? ¿Cuántos miles de viviendas, escuelas, hospitales, industrias, ferrocarriles, pozos de petróleo, caminos, barcos y aviones se hubieran hecho con los 268.000 millones de dólares que se han pagado?

En sus ocho años de gobierno, los Kirchner cancelaron obligaciones de la deuda externa por 54.672 millones y hoy debemos más que antes. Con el viejo cuento de volver al mercado, se oculta que la Argentina retoma el camino de más endeudamiento.

© La Nacion

sábado, 28 de mayo de 2011

La Deuda Externa Argentina


La Deuda Externa

Definición: Los empréstitos son la llave maestra del control financiero del país, y por tal motivo la política económica que se lleva adelante está condicionada inevitablemente a un endeudamiento externo.
¿Sabía que es ilegítima, y que, suponiendo que no lo fuera ya la pagamos varias veces con lo cual de deudor pasaríamos a ser acreedores?
En los siguientes artículos encontrará la información que fue negada a la población argentina general y que todos debemos conocer.
Comúnmente se encara la cuestión de la deuda externa a través de la pregunta de que si se debe pagar o no. Nuestra intención es que Ud. analice los conceptos vertidos en esta sección y saque sus propias conclusiones. Cuando el tema se encara con seriedad y objetividad, verá que después de repasar los hechos acontecidos en torno a esta materia no surgirá la pregunta sino la respuesta. 
Como primera medida, nos resulta oportuno aclarar que no es nuestra propósito inundar esta sección con exceso de números chicos y cuadros comparativos que podrían resultar poco comprensibles para el común de las personas, por lo tanto nos limitaremos a responder las preguntas más usuales que se formula cualquier ciudadano con respecto a este tema tan escabroso, agobiante y encubierto durante décadas. Para eso basamos este trabajo en la extraordinaria obra de los Dres. Eric Calcagno (La deuda externa explicada a todos -los que tienen que pagarla-) y diferentes seminarios entre los cuales podemos encontrar al Dr. Espeche Gil y Alejandro Olmos Gaona, entre otros.

...los instrumentos de la presente deuda argentina adolecían de los defectos de falsedad e inhabilidad en los términos del artículo 544, inciso 40 del Código de Procedimiento en materia civil y comercial de la Nación. Eran, por ende, jurídicamente incobrables(...) es repudiable el criterio sustentado en Londres de declarar la bancarrota argentina y de procurar elarbitraje del Banco de Inglaterra y por bancos privados de la city londinense...

... Los estados de la deuda externa total surgen del conjunto de información provistos por los deudores con finalidad estrictamente estadística por lo que no constituyen registros de carácter contable; (...) Ha quedado evidenciado en el trasuntar de la causa la manifiesta  arbitrariedad con que se conducían los máximos responsables políticos y económicos de la Nación...

... En 1933, y debido a la presiones ejercidas por Gran Bretaña se firma el desgraciadamente célebre Tratado Roca-Runciman, por medio del cual accedimos a todas las pretensiones que se nos impusieron a cambio de que cuando ellos lo considerasen necesario, nos comprarían determinados cupos de las carnes destinadas a la exportación. Como no podía ser de otra manera, por el art. 2º del tratado, se establecía que la suma de las exportaciones se destinaría "al pago del servicio de la deuda pública externa argentina"
... Las opiniones consultivas de la Corte Internacional de Justicia, si bien no son sentencias, tienen, en principio, valor vinculante para los organismos del sistema de las Naciones Unidas, entre los cuales se encuentran el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. Se comprende entonces la importancia de una opinión consultiva para el manejo del problema por parte de los organismos financieros mundiales que deberían  tener en cuenta las pautas jurídicas que eventualmente fije el tribunal mundial en aquel dictamen...

jueves, 12 de mayo de 2011

Algunas preguntas sobre: LA DEUDA EXTERNA ARGENTINA


La Deuda Externa


Definición: Los empréstitos son la llave maestra del control financiero del país, y por tal motivo la política económica que se lleva adelante está condicionada inevitablemente a un endeudamiento externo.
¿Sabía que es ilegítima, y que, suponiendo que no lo fuera ya la pagamos varias veces con lo cual de deudor pasaríamos a ser acreedores?
En los siguientes artículos encontrará la información que fue negada a la población argentina general y que todos debemos conocer.








Comúnmente se encara la cuestión de la deuda externa a través de la pregunta de que si se debe pagar o no. Nuestra intención es que Ud. analice los conceptos vertidos en esta sección y saque sus propias conclusiones. Cuando el tema se encara con seriedad y objetividad, verá que después de repasar los hechos acontecidos en torno a esta materia no surgirá la pregunta sino la respuesta. 
Como primera medida, nos resulta oportuno aclarar que no es nuestra propósito inundar esta sección con exceso de números chicos y cuadros comparativos que podrían resultar poco comprensibles para el común de las personas, por lo tanto nos limitaremos a responder las preguntas más usuales que se formula cualquier ciudadano con respecto a este tema tan escabroso, agobiante y encubierto durante décadas. Para eso basamos este trabajo en la extraordinaria obra de los Dres. Eric Calcagno (La deuda externa explicada a todos -los que tienen que pagarla-) y diferentes seminarios entre los cuales podemos encontrar al Dr. Espeche Gil y Alejandro Olmos Gaona, entre otros.

...los instrumentos de la presente deuda argentina adolecían de los defectos de falsedad e inhabilidad en los términos del artículo 544, inciso 40 del Código de Procedimiento en materia civil y comercial de la Nación. Eran, por ende, jurídicamente incobrables(...) es repudiable el criterio sustentado en Londres de declarar la bancarrota argentina y de procurar el arbitraje del Banco de Inglaterra y por bancos privados de la city londinense...

... Los estados de la deuda externa total surgen del conjunto de información provistos por los deudores con finalidad estrictamente estadística por lo que no constituyen registros de carácter contable; (...) Ha quedado evidenciado en el trasuntar de la causa la manifiesta  arbitrariedad con que se conducían los máximos responsables políticos y económicos de la Nación...

... En 1933, y debido a la presiones ejercidas por Gran Bretaña se firma el desgraciadamente célebre Tratado Roca-Runciman, por medio del cual accedimos a todas las pretensiones que se nos impusieron a cambio de que cuando ellos lo considerasen necesario, nos comprarían determinados cupos de las carnes destinadas a la exportación. Como no podía ser de otra manera, por el art. 2º del tratado, se establecía que la suma de las exportaciones se destinaría "al pago del servicio de la deuda pública externa argentina"
... Las opiniones consultivas de la Corte Internacional de Justicia, si bien no son sentencias, tienen, en principio, valor vinculante para los organismos del sistema de las Naciones Unidas, entre los cuales se encuentran el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. Se comprende entonces la importancia de una opinión consultiva para el manejo del problema por parte de los organismos financieros mundiales que deberían  tener en cuenta las pautas jurídicas que eventualmente fije el tribunal mundial en aquel dictamen...

domingo, 6 de febrero de 2011

PEDIDO DE NULIDAD ABSOLUTA DE LA DEUDA EXTERNA

In Sin categoría on enero 31, 2011 at 11:34 pm




La Patria será para nosotros un dolor que se lleva en el costado sin palabra ni grito
Leopoldo Marechal

En el mes de diciembre de 2009, un grupo de profesionales fueron llamados por el Juzgado Nº 2 Secretaría Nº 4 que tiene a su cargo la investigación iniciada por el Patriota Alejandro Olmos, a integrar un Grupo de Trabajo para colaborar en la investigación de la deuda externa, las circunstancias de modo, de tiempo y de lugar, así como la presunta defraudación de la Administración Pública, en la que habrían incurrido empresas del sector privado entre 1976 y 1983, la estatización de las mismas, el diseño, ejecución y renegociación fraudulenta de la deuda externa argentina materializada a través de los acuerdos de Nueva York de 1985 y 1987, el Plan Brady de los años 1992/3, y las demás renegociaciones que le siguieron, excepto el llamado “megacanje” que se tramita en otra causa.

Ello les ha permitido tener acceso a la documentación presentada en esa causa, como así también en la anterior, expediente Nº 7723/ 98, más conocida como causa “Olmos 1”, que cuenta con fallo del Dr. Ballestero, titular en su momento de ese juzgado, y que ha sido difundido tanto en sus considerandos como en su parte resolutiva.

Los Dres. Miguel Ángel Espeche Gil, Julio Carlos González, Graciela González y Néstor Forero (integrantes de ese grupo de trabajo), han elaborado un documento con fuerte argumentación de carácter jurídico, histórico y económico; y lo han presentado a título personal y como simples ciudadanos, ante el mismo juzgado, justificando su presentación en el derecho a peticionar conforme los derechos amparados en la Constitución Nacional y también en la obligación que les impone la tarea que les fuera encomendada.

Como bien tiene acreditado el fallo del Juez Ballestero existen hechos ilícitos y delitos perpetrados en el período 1976 a 1983 y la evidencia irrefutable que dichos hechos han dado fundamento a la instrumentación de compromisos internacionales de la Nación que contienen vicios insalvables, y que la continuidad de estos hechos viciados de nulidad absoluta se manifiesta en cada renegociación que ha tenido que afrontar el país.

La legitimación de la petición se halla justificada en el Art. 1047 del Código Civil, que dice: “La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte, cuando aparece manifiesta en el acto”.

Entienden los solicitantes que, en la causa conocida como “Olmos 1”, ha faltado la declaración de nulidad absoluta por los hechos ilícitos y fraudulentos que el juzgado ha detectado en no menos de 477 oportunidades. Tales acciones hablan por sí solas de las irregularidades injustificables que demuestran la existencia de un magno fraude en perjuicio de la Nación.

El tratadista Agustín Gordillo enseña: “El interés difuso o derecho de incidencia colectiva tiene un campo de aplicación mayor, pues comprende a todos los que se hallan directa o indirectamente, material o moralmente, afectados por un acto, hecho u omisión producido por el ejercicio de funciones administrativas públicas o por conductas de particulares. Su más clara materia de aplicación es la tutela del medio ambiente y de la legitimidad del obrar administrativo en cuanto importa erogación de fondos públicos eventualmente incausados o irregular, en detrimento del patrimonio de los habitantes que deben sostener con sus impuestos esa acción y sufrir sus consecuencias”.

Con el convencimiento de cumplir con el deber ineludible de servir a los intereses de la Nación preservando su patrimonio, solicitaron al juez que declare la nulidad absoluta de todos los actos investigados, que dieron sustento y viabilizaron la concreción de hechos ilícitos y delitos probados irrefutablemente en la causa, que dieron lugar a la sentencia pronunciada el 15 de julio de 2000, por el entonces juez de la causa Dr. Jorge Ballestero.

Independientemente de las responsabilidades personales, indudablemente en la causa se encontraron hechos ilícitos que concatenados han configurado la más escandalosa maniobra en desmedro de los intereses del país, causando un daño de magnitudes nunca verificadas en la historia argentina.

Aún si se consideraran aisladamente los actos por los que se instrumentó el endeudamiento, los mismos adolecen de vicios insalvables que sellan definitivamente su suerte.

El Art. 14 de la ley 19549 dispone que el acto administrativo es nulo, de nulidad absoluta e insanable cuando: “la voluntad de la Administración resultare excluída por error esencial, dolo, en cuanto se tengan como existentes hechos o antecedentes inexistentes o falsos, o por simulación absoluta; o por falsos los hechos o el derecho invocado; o por violación de la ley aplicable, de las formas esenciales o de la finalidad que inspiró su dictado”. Todos estos preceptos se verifican en la causa.

Correlativamente el Art. 17 de la misma ley establece que: “el acto administrativo afectado de nulidad absoluta se considera irregular y debe ser revocado o sustituído por razones de ilegitimidad”.

Por su parte, el Código Civil en su Art. 502 señala:” la obligación fundada en una causa ilícita es de ningún efecto”; a su vez, los actos viciados de fraude y simulaciones ilícitas están incorporadas al Art 954 del C.C. que impone la nulidad cuando una de las partes (en este caso los acreedores) obtuviera una ventaja patrimonial desproporcionada y sin justificación.

También y en su momento, deberá contemplarse el Art. 802 para el caso de las renovaciones y refinanciaciones de actos nulos, ya que el mismo expresa taxativamente: “si la obligación anterior fuese nula, o se hallaba ya extinguida el día que la posterior fue contraída, no habrá novación”; y los artículos posteriores al 784, que tratan “en dar en pago lo que no se debe”.

Con esta fundamentación deberá declararse la nulidad de toda pretendida deuda que tenga por origen estos actos ilícitos. Es decir, que queda involucrada, por lo menos, el grueso de la deuda externa original contraída durante el proceso militar, y consecuentemente toda negociación y refinanciación posterior de esa deuda queda involucrada en el pedido de declaración de nulidad absoluta.

Correlativamente, con esta clara posición jurídica, han presentado en su solicitud un análisis sobre la balanza de pagos del país correspondiente al período 1978/1981, de cuyas cifras surge que las remesas al exterior injustificadas se corresponden de la siguiente manera:

Años 1978 1979 1980 1981
Cuentas de Capital 3092 2028 6805 8882
Transacciones Ctes. 138 1864 7883 10436
Ajustes (700) (800) (900) (1000)

Totales 2530 3892 13788 18318

(En millones de dólares)

En definitiva, del examen del Balance de Pagos surgen contundentemente estas cifras:

Total de Remesas al exterior injustificadas 38.528 millones de dólares
Menos
Posición deudora neta (31.794) millones de dólares

POSICION NETA ACREEDORA DEL PAIS 6.734 millones de dólares

Es decir, que si las autoridades monetarias hubieran registrado correctamente las operaciones cambiarias, bancarias y de comercio exterior, aún con el enorme fraude de la contracción de la ilícita deuda externa, el país, al regreso de la democracia, no sólo no hubiera registrado deuda externa sino que hubiera detentado una sólida posición financiera acreedora en su relación con el mundo.

La argumentación presentada los llevó a reflexionar que es imposible que, en un país que se autodenomina civilizado, los autores de esta tragedia continúen disfrutando de la más absoluta impunidad, mientras las secuelas de su accionar es soportado por todo el pueblo argentino. Esta impunidad no es inocua para el patrimonio nacional, y tanto en el orden penal, cuanto en el orden civil, con respecto a las responsabilidades patrimoniales que les cabe por su proceder, tanto en el resarcimiento al Patrimonio de la República, por los actos y sus secuelas por ellos cometidos.

De esta manera, los solicitantes peticionan que todos los responsables de la contracción de la ilegítima deuda externa respondan con su patrimonio personal por haber participado en tan magno fraude.

Al punto se debe dejar en claro la imprescriptibilidad de la acción de nulidad absoluta; la doctrina es clara al respecto; el ya mencionado Art 1047 del Código Civil dice: “la nulidad absoluta no es susceptible de confirmación”, es decir, que el pedido de declaración de nulidad no se ve afectado por el tiempo. La imprescriptibilidad de la acción es directa consecuencia de la imposibilidad de confirmar el acto, pues argumentar que el pedido de nulidad absoluta prescribe, equivaldría a permitir la confirmación tácita del acto nulo por el mero transcurrir del tiempo. La Corte Suprema de Justicia ha dicho: “lo que es inmoral, lo que es contrario al orden social, o que se reputa inexistente por falta de formas substanciales, no puede subsanarse por el transcurso del tiempo. El acto será siempre inmoral, contrario al orden público o carente de las formas indispensables, cualquiera sea el número de años que hayan pasado desde su celebración. El tiempo es impotente para
transformar lo inmoral en moral, lo ilícito en lícito, lo informal en formal, y siempre el acto conservará el vicio original”.

Esta argumentación rebate el falso criterio que sostiene que la oportunidad de declarar la nulidad de la deuda fraudulenta había concluído con la llegada de la democracia o en su defecto al término del año 2001.

También los presentantes han solicitado la restitución de las sumas pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme lo dispone el Art. 32 del Código Penal: “el que por título lucrativo participare de los efectos de un delito, estará obligado a la reparación hasta la cuantía en que hubiere participado”. Como corolario al pedido de declaración de nulidad solicitan se declare la obligación de restituir las sumas de dinero entregadas por la Nación a quienes no eran legítimos acreedores, por deudas inexistentes y/o instrumentos viciados de nulidad absoluta. Las sumas a reintegrar deben hacerlo con más intereses, si era de buena fe, desde el día en que les sea requerido, si era de mala fe, desde el día del pago sin causa.

En este orden, la República Argentina, una vez identificada la secuencia de renovaciones, refinanciaciones y pagos de deuda cuyo origen es ilegítimo, deberá reclamar la devolución de los pagos efectuados por deudas declaradas nulas, con más sus intereses, y/o aplicar los mismos a la cancelación de deudas legítimas.

De obrarse de esta manera, una vez caída la deuda ilegítima, los pagos efectuados sin causa legal, (es decir, haber pagado lo que no se debe), podrían ser parcialmente aplicados al pago de las deudas legítimas. Como la República Argentina ha pagado desde 1976, una cifra cercana a los 218.000 millones de dólares, los pagos efectuados por deudas ilegítimas, deberían cancelar toda la deuda legítima y aún el país quedaría en una posición acreedora internacional.

Además al iniciar una causa de prescripción en el fuero contencioso administrativo se hace necesario que el poder ejecutivo haga suya esta causa que implicaría que los responsables durante el proceso de contraer fraudulentamente la deuda externa respondan con todos sus bienes particulares. (Martínez de Hoz, su equipo y demás miembros de los equipos económicos de 1976 a 1983).

En cuanto al Club de París nos encontramos que numerosas empresas han trasladado sus pasivos al Estado Nacional, entre ellas podemos mencionar Papel Prensa, Socma, Sideco, Papel de Tucumán, Ford, Perez Companc, Renault, etc.

Producida una auditoría sobre las mismas se encontró que el 50% de las firmas auditadas que solicitaron seguros de cambio, adolecían de irregularidades por lo que se debió dar de baja estas deudas. La intervención de los por entonces funcionarios del BCRA (por caso Carlos Melconian) abogaron por el reconocimiento de las deudas a pesar de las fragantes fraudulencias.

El caso más conocido ha sido Cogasco, que solicitó un seguro de cambio de 918 millones de dólares, que a poco de auditarse se encontró que más de 800 millones de dólares solicitados como compensación no correspondían a ningún tipo de operación que guardara racionalidad, a tal punto que la empresa retiró su solicitud de seguro de cambio. Posteriormente en las negociaciones que el por entonces Sec. De Hacienda Dr. Mario Brodherson realizó con autoridades de la firma en parís en 1985, la deuda volvío a calcularse dentro del monto debido al Club de París. Y desde entonces se reputa como tal y corren los intereses por una deuda que no fue tal y que en su momento ha sido reconocida por la misma empresa.

Se debe tener en cuenta que la deuda que exige el Club de París puede y debe reputarse como “deuda odiosa” (como en varias oportunidades la doctrina legal estadounidense ha considerado casos similares) y como tal repudiarse, ya que la misma tiene origen en un gobierno de facto y corresponde a operaciones ilícitas y fraudulentas, Es una deuda manchada con sangre.

Los diversos actos que se vinculan al desarrollo del endeudamiento externo durante más de 30 años tienen consecuencias actuales y futuras, que afectan a todas las instituciones y a la totalidad de la sociedad en general en todos sus aspectos, su gravedad institucional y por encontrarse comprometido el bienestar de los argentinos hace imperioso la difusión y poner en conocimiento de toda la población que se ha efectuado la petición de nulidad de los actos irregulares y delictuales juzgados en la causa.

Estamos ante una colosal oportunidad para que desaparezcan para siempre las deudas del Estado fraguadas y mantenidas contra todo derecho.

Los autores de la petición de nulidad absoluta de la deuda externa analizada por ese juzgado, creen haber cumplido con Dios y la Patria, en el inicio de su bicentenario y haber dado fiel homenaje a Don Alejandro Olmos, sin discursos sólo con hechos.

La Presidenta de la Nación tiene ante sí una oportunidad única en la historia argentina, no solo de repudiar la deuda contraída fraudulentamente durante el proceso, sino que exigir a sus responsables la restitución por la vía patrimonial del resarcimiento debido al pueblo argentino.

(x) los 4 redactores: los maestros Dres. Julio González y Miguel A. Espeche Gil y sus discípulos, Dra. Graciela González y Dr. Néstor Forero, a los cuales sumó su firma a la presentación un quinto integrante del Grupo de Trabajo, el Lic. Héctor Giuliano

Fuente: http://geopoliticaargentina.wordpress.com/2011/01/31/pedido-de-nulidad-absoluta-de-la-deuda-externa/
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