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domingo, 25 de noviembre de 2012

Nexos entre Scioli y la empresa estatal israelí Mekorot

Polémica en una licitación: Mientras se abrían los sobres, Scioli se reunía con una de las partes

Tras dos años de retraso, el gobierno provincial, avanzó hoy con el proceso de licitación para la construcción de una nueva planta potabilizadora de agua en La Plata. Pero, mientras los sobres se abrían, el Gobernador se reunía en su despacho con una de las partes: La empresa israelí Mekorot y el embajador de ese país.

11.04.2012 20:45:00


Daniel Scioli con el Embajador de Israel, Daniel Gazit, y el presidente de Mekorot, Eli Ronen.

El gobierno provincial abrió hoy los sobres de licitación para la construcción de una nueva planta potabilizadora de agua, una obra que contempla un presupuesto oficial de $673 millones. Pero, mientras ese acto trascurría encabezadao por el ministro Alejandro Arlía, Daniel Scioli se reunía en su despacho con una de las partes, el presidente de la empresa estatal israelí Mekorot, Eli Ronen, para hablar justamente del tema, realimentando las versiones de que se trata de un negocio hecho a la medida de esa compañía.

Arlía, encabezó, acompañado por el intendente de La Plata, Pablo Bruera, la apertura de sobres de licitación, el primero correspondió a una UTE conformado por el grupo israelí Mekorot Tahal Group en una asociación con la empresa 5 de Septiembre SA -la compañía del gremio que controla Aguas Bonaerenses S.A.- y de la que participan también las constructoras platenses Mako y Eleprint -vinculada al dueño del diario El Día, Raúl Kraiselburd-. El otro sobre correspondió a la empresa de origen brasileño Odebrecht S.A.

La licitación -anunciada una y otra vez- ya lleva más de dos año de retraso y, versiones extraoficiales dan cuenta que el grupo empresario que encabeza Mekorot tendrá, sobre el resto de los eventuales oferentes, una serie de beneficios, previstos en el régimen de iniciativa privada creado en la Provincia en 2008.

En tal caso, como para alimentar las sospechas de que esta compañía corre con el "caballo del comisario", Scioli se reunió hoy mismo con el embajador de Israel en la Argentina, Daniel Gazit, y el presidente de Mekorot, Eli Ronen.

Esta firma hace tiempo que tendió lazos con Scioli a través de su costado más vinculado a la farándula. El nexo fue Marcelo Salinas, un conocido lobbysta que fue funcionario del área de Transporte durante la presidencia de Carlos Menem y que está casado con la vedette María Eugenia Ritó.

Otro hombre muy cercano a Scioli, el vendedor de armas Mario Montoto también tiene relaciones privilegiadas con empresas israelíes y fue uno de los hombres que lo acompañó y organizó un viaje del gobernador a ese país.

Según se informó oficialmente, el encuentro, que se realizó en la Casa de Gobierno, fue continuidad de los contactos que el Gobernador estableció en esa visita oficial a Israel, interesado en la experiencia que tiene ese Estado respecto del uso racional del agua potable, la desalinización y el tratamiento de los servicios cloacales.



Pablo Bruera y Alejandro Arlía (en el centro) durante la apertura de sobres de la planta potabilizadora de agua

Los lobbystas

Como La Política Online viene informando, quienes acercaron a Daniel Scioli con la empresa israelí fueron las cabezas que controlan Absa, la poderosa empresa encargada de la prestación del servicio de agua potable en más de 60 distritos de la Provincia.

El titular de la empresa, Guillermo Scarcella, fue quien acercó el negocio al Gobernador. Scarcella realizó varios viajes a Israel para contactar con los empresarios de Mekorot Water Company, una compañía de capital público nacional de agua que provee el 90% del agua potable de Israel.

La unión de empresas que participa de la licitación cuenta también con otros sectores que controlan Absa. Uno de ellos es la empresa 5 de Septiembre SA, una compañía vinculada al Sindicato de Obras Sanitarias (Sosba).

El peso del gremio sobre la empresa aparece en cada decisión que se toma en Absa. Es que la compañía de aguas cuenta con un paquete accionario conformado por el Estado provincial en un 90% y los trabajadores nucleados en el sindicato en un 10%.

El secretario general de Sosba es Jorge Castro, quien controla a los trabajadores desde hace años y sin oposición alguna al frente de la agrupación 5 de Septiembre. Numerosos empleados y hasta gerentes responden directamente al sindicato.

También aparecen las constructoras Mako y Eleprint. La primera tiene en su directorio al abogado Marcelo Salinas, un conocido lobbysta que fue funcionario del área de Transporte durante la presidencia de Carlos Menem y que está casado con la vedette María Eugenia Ritó. A Salinas se lo señala como representante directo de Mekorot Water Company

En cuanto a Eleprint, es señalada como una empresa platense relacionada con los grupos de poder de la capital provincial, entre ellos el diario El Día. La compañía compite en la mayoría de las licitaciones de obra pública en esa ciudad.

Los plazos de la licitación

“Hoy se procedió a la apertura de la propuesta técnica. Luego que la comisión evaluadora elabore su análisis de viabilidad de los proyectos, se va a volver a convocar a los dos oferentes para la apertura de los sobre de la propuesta económica”, explicó Arlía a La Política Online tras la apertura de sobres.

“Es una planta que beneficia a La Plata, Berisso y Ensenada. La vieja planta Donato Gerardi estaba pensada para 25 años de servicios pero ya lleva 60 en funcionamiento”, agregó el ministro de Infraestructura.

El proyecto, con un plazo de ejecución de 1.080 días, comprende tres grandes partes. En primer lugar, Agua Cruda, que contiene la estación de bombeo con cámara de carga y la cañería de conducción hasta la planta potabilizadora.

Luego, la planta potabilizadora y todos sus procesos de potabilización del agua, incluyendo los de tratamiento de los desechos del proceso. Y por último el proceso de bombeo y conducción del agua tratada al centro de consumo se materializa con la estación de bombeo y cámara de carga de agua tratada; y la cañería de conducción hasta parque San Martín, incluyendo las dos cisternas intermedias de regulación.
http://www.lapoliticaonline.com/noticias/val/81455/licitacion-polemica-mientras-se-abrian-los-sobres-scioli-se-reunia-con-un-oferente.html

sábado, 24 de noviembre de 2012

La violencia de género que no disgusta a las feministas progre


Según un video recientemente publicado por la organización provida humana Live Action de Estados Unidos, los promotores del genocidio abortista se ceban especialmente con las niñas, en una práctica que ya ha sido bautizada como generocidio. A pesar de estos asesinatos en masa orientados contra las féminas, difícilmente veremos a alguna de las muchas organizaciones de pseudo “defensoras” de la mujer, protestar porque la condición femenina sea CAUSA de un aborto.

Para comprender el silencio y complicidad de las orgas feministas ante el asesinato específico de niñas, debemos primero comprender qué intereses están detrás de esas organizaciones. Como cualquiera con sentido común comprenderá, esta ola internacional en favor del asesinato de niños no es producto de que espontánea y simultáneamente, los pueblos del mundo con culturas y tradiciones tan dispares, hayan coincidido al unísono en pedirle a sus representantes “democráticos” que el aborto sea un derecho, sino más bien se produjo por el camino inverso: desde los centros de poder se tomó la decisión y luego, a través de sus agentes, se sometió al pueblo a un lavado de cerebro “democrático” y colectivo para que aceptara e incluso promoviera “voluntariamente” el designio de los centros de poder.

Organizaciones como la Fundación Rockefeller y otros grupos vinculados al poder financiero, financian (sobornan) a las cúpulas políticas de los diferentes países (y diferentes partidos) y a ONGs antisociales, para que representando la voluntad de los banqueros y NO la del pueblo, IMPONGAN a sus “representados” leyes y normas diseñadas por un grupo de usureros genocidas con pretensiones de dominio universal. Esta es la razón por la que vemos a organizaciones feministas, más preocupadas en servir a sus amos del Nuevo Orden Mundial, que de denunciar este generocidio contra las niñas.

Algo paradójico entre los promotores del aborto, es que la abrumadora mayoría de las organizaciones que lo promueven, son de tendencia marxista-feminista, que sin embargo tienen una postura que coincide absolutamente (lo que no es casual), con las políticas que emanan del imperialismo capitalista más rancio y de sectas tan satánicas como misóginas como la Masonería. Y es que no se trata de defender a la mujer, sino de usarla como excusa para destruir a la familia y a la propia mujer, privándola de su condición de mujer para convertirla por decreto en hombre. Es el mismo cuento, el mismo modus operandi, que usan estos mismos banqueros con sus mismos títeres marxistas, para “liberar” a los proletarios e imponerles una dictadura del “proletariado”, en la que a los trabajadores más les vale no intentar ejercer el poder… de eso ya se ocupan los Rockefeller y los Rothschild a través de sus comisarios comunistas.

Según contó Aaron Russo en una excelente entrevista que publicamos en Diurnarius, su amigo Nicholas Rockefeller le confesó las verdaderas motivaciones detrás de la “liberación femenina” que ellos promueven:

Estábamos conversando y [Nicholas Rockefeller] comenzó a reírse y me preguntó,‘Aaron, ¿qué crees que fue la liberación femenina?’ y yo le contesté (…) que las mujeres tenían derecho al trabajo y a una paga igual a la del hombre, del mismo modo en que ganaron el derecho al voto. Y comenzó a reírse y me dijo ‘eres un idiota’ y yo le pregunté ¿por qué soy un idiota?. ‘Déjame decirte de qué se trató; nosotros los Rockefeller financiamos eso, financiamos la liberación femenina, éramos los que salíamos en los periódicos y la televisión, la Fundación Rockefeller, ¿y quieres saber por qué? Hubo dos motivos principales; el primer motivo fue que no podíamos cobrarle impuestos a la mitad de la población antes de la liberación femenina; y el segundo motivo fue que ahora teníamos a los niños en la escuela a una edad temprana, ypodíamos adoctrinar a los niños sobre cómo pensar, rompimos la familia, los niños ahora ven al Estado como su familia, al colegio y a los funcionarios como su familia, y no a sus padres educándolos’.

Tenga presente la próxima vez que vea a una feminista en la tele “defendiendo” a las mujeres, que esa persona es en realidad una mercenaria a sueldo de usureros como los Rockefeller, cuya real agenda y motivación es destruir la familia, desnaturalizar a la mujer y dejar a los niños expuestos a un inmoral adoctrinamiento ideológico.
http://diurnarius.com/la-violencia-de-genero-que-no-disgusta-a-las-feministas-progre/


 

El fraude del Movimiento Gay y la Violencia de Genero

 

jueves, 22 de noviembre de 2012

LA SECTARIA UTILIZACIÓN DEL PODER

Alejandro Olmos Gaona 

LA SECTARIA UTILIZACIÓN DEL PODER

El oportunismo político siempre rehúye la crítica, porque ésta cuando aborda integralmente alguna cuestión significativa, muestra realidades que siempre los discursos pretenden ocultar. Algunos por ingenuidad, otros por mala fe, los más por desconocimiento, reciben ideas digeridas desde el poder, que hacen suyas sin efectuar una análisis riguroso que muestre cuanto hay de verdad o no en los logros que se exhiben, en las luchas que se proclaman y en las formulaciones ideológicas que muchas veces son meras ficciones para ocultar una praxis distinta. El slogan repetido hasta el hartazgo y la construcción de mitos son parte de una peculiar estructura, que el poder ejercita para manipular, confundir, y de tal manera conseguir sus objetivos. Los mitos son muy poderosos ya que poseen una notable capacidad simbólica y abarcativa, escapando a toda posibilidad de un examen racional, lo que permite una penetración subliminal, donde se acepta la imagen que se quiere trasmitir sin ningún tipo de cuestionamiento.

El quehacer político recurre invariablemente a estos esquemas, en los que participan tanto el gobierno como la fragmentada oposición, que salvo excepciones, utiliza los mismos métodos de análisis y construcción, como si hubiera una suerte de fatalismo ontológico que determina la convencionalidad de lo que se debate, lo que se cuestiona, los modos de confrontación, la formulación de conceptos y hasta la manera de descalificar al que no participa de tales formas de entender la política, como si esta solo consistiera en un conjunto de normas invariables establecidas secularmente cuya práctica no se puede cambiar. No está demás advertir que los resultados de esa concepción están a la vista, y son representativos de un estado de situación, donde siempre se juega de la misma manera y ello genera situaciones que al emerger, ponen en crisis todo el sistema.

Entre los muchos ejemplos de cómo funcionan ciertos esquemas del poder sectario, hemos elegido dos cuestiones que resultan representativas para mostrar el abismo que existe entre lo que se trasmite y se conoce, y una realidad que el actual gobierno pretende deformar, ocultar y silenciar.

LA MADRE DE TODAS LAS BATALLAS
En el imaginario del gobierno K, la ley de medios fue definida como “la madre de todas las batallas” según expresión atribuida a Néstor Kirchner, aunque no por el interés en democratizar el espacio audiovisual, sino como un instrumento decisivo, para utilizarla como herramienta fundamental en la pelea facciosa con el grupo Clarín. Con este propósito, además de la abrumadora propaganda oficial mostrando los intereses del monopolio, sus manipulaciones periodísticas y empresariales, sus relaciones con la dictadura, y la intencionalidad de sus informaciones, se ejercitó una suerte de descabezamiento de una estructura judicial que debía intervenir en las acciones deducidas por el grupo para suspender dos artículos claves de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, terminándose con la sanción de la Ley modificatoria del Código Procesal en lo Civil y Comercial, que permite que en cuestiones de gravedad institucional, se pueda recurrir a la Corte Suprema de Justicia, a través del recurso llamado “per saltum”. El virtual descabezamiento de magistrados del fuero Civil y Comercial Federal, el nombramiento de jueces subrogantes amigos, las recusaciones y denuncias infundadas son parte de esa lucha facciosa.

Sería demasiado extenso referirse al lamentable debate, y a todas las transgresiones reglamentarias realizadas para aprobar en tiempo record una ley, que tiene nombre y apellido según lo expresó la miembro informante del Frente para la Victoria, diputada Diana Conti y ratificó el presidente del Bloque Agustín Rossi, pero si cabe reflexionar sobre como el enfrentamiento de un gobierno con un grupo privado, llevó al extremo de modificar la ley, atropellar al Poder Judicial e impedir cualquier tipo de cuestionamiento a su abusivo ejercicio del poder. A la singular batalla, se sumaron los devenidos expertos en la ley 26.522 como Martín Sabatella, precario comentador de sus contenidos, el periodista Luis Lazzaro, y el gobernador del Chaco Jorge Capitanich, que junto con otros han mostrado los notables beneficios de la norma, y como su aplicación democratizará el espacio audiovisual, sin explicar en ningún caso porque no se aplica la Ley desde su promulgación en el 2009, y no se ha obligado a desinvertir desde hace un año a todos los grupos que tienen un impresionante cantidad de medios.

A nadie escapa, que debía terminarse con la vieja Ley de comunicaciones, adecuándola a un marco normativo que evitara la habitual concentración de medios, con su respectivo poder comunicacional. El anteproyecto original fue debatido largamente, mejorando muchas de sus disposiciones, y aún los debates legislativos colaboraron para mejorar su defectuoso texto original.

Cuando existe un Estado real, con capacidad decisoria de gobernar para la Nación entera, las leyes que se proponen tienen objetivos generales que responden a las necesidades de la comunidad. Cuando existe un Estado ficcional y sectario todo lo que se estructura está dirigido a controlar todo aquello que pueda cuestionarlo u oponérsele. En el caso de la aplicación de la Ley de Medios de Comunicación Audiovisual –importante instrumento para democratizar esos espacios- el gobierno nacional sustituyó la real significación de la norma, para direccionarla a un grupo específico –el monopolio Clarín- con el que se encuentra enfrentado desde el año 2008

El 10 de octubre pasado, celebrando el tercer aniversario de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (26.522), la Presidenta ratificó que el día 7 de diciembre vence el plazo para que los grupos de medios presenten su plan de adecuación a la nueva norma, remarcando que un solo grupo (Clarín) pretende estar “por encima de los tres poderes del Estado” y que “La Ley debe ser igual para todos, no podemos vivir en una sociedad en que unos cumplan la ley y otros puedan violentarla”.

Aun extremando la prudencia critica, cuesta entender que se falseen impunemente los hechos, y que esa fecha, 7 de diciembre, reiterada por la Presidenta, y expuesta por Martín Sabatella en todos los medios como nuevo titular de la Asfca, sea el día clave para que todos los grupos procedan a la inmediata desinversión, cuando eso no es cierto, ya que tal plazo que solo se refiere a la cesación de la medida cautelar, es solo aplicable al Grupo Clarín, quien fue que solicitó la suspensión de dos artículos ante los tribunales federales.

No existe razón alguna para que el gobierno nacional no hubiera iniciado hace tiempo, los trámites respectivos para obligar a todos los otros grupos poseedores de distintos medios (Vilas-Manzano, Spolski, Prisa, etc.) a adecuarse a la nueva Ley durante todo el año en curso, si exceptuamos el hecho que solo le interesa el enfrentamiento con Clarín, y es claro que la utilización de la norma tiene el declarado objetivo de ser aplicada a ese conjunto empresario, como si los otros grupos estuvieran marginados de las disposiciones sancionadas hace tres años, ya que las evidencias lo demuestran acabadamente.

Cuando el Poder Ejecutivo solicitó se dejara sin efecto la medida cautelar que favorecía únicamente al Grupo Clarín, la Corte Suprema de Justicia en el fallo del 5 de octubre del año 2010, desestimó los supuestos agravios esgrimidos en la presentación diciendo que “la presente medida cautelar, cuyos alcances se encuentran limitados al actor (Clarín), no afecta en ningún modo la aplicación general de la ley, y se encuadra dentro de los criterios tradicionales empleados por los Tribunales de la Nación durante muchos años y en todas las circunscripciones, por lo cual no se advierte gravedad institucional alguna. Máxime si la recurrente (el gobierno) no ha logrado demostrar con el rigor que es necesario en estos casos, que el mantenimiento del pronunciamiento que ataca pueda, en las actuales circunstancias, paralizar u obstaculizar la aplicación del régimen consagrado en la ley 26.522. Es decir no se ha deducido agravio suficiente que permita tener por acreditado que la resolución impugnada ocasiona al estado Nacional un perjuicio que no es susceptible de reparación ulterior” (CSJN. Fallos G.456 XLVI). Con posterioridad, y en el Recurso de Queja deducido por el gobierno, la Corte Suprema volvió a reiterar más contundentemente el 22 de mayo de este año que: “…en cuanto se relaciona con la subsistencia de la medida cautelar, este Tribunal ya se ha expresado en esta causa en la sentencia de fecha 5 de octubre de 2010, en la que señaló que la decisión del a quo no afectaba de ningún modo la aplicación general de la ley 26.522..Por otra parte, no se advierte que, durante el lapso establecido, la medida cautelar pueda desnaturalizar la finalidad perseguida en la ley 26.522, máxime si se repara en que el plazo previsto en el art. 161 para que los titulares de licencias de servicios audiovisuales las adecuaran a las disposiciones de la ley recién concluyó a finales de 2011 (confr. art. 161 cit. y resoluciones 297/10 y 1295/11 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual). En este sentido, es dable señalar que la propia autoridad de aplicación no se ha mostrado demasiado apresurada en el proceso de implementación de la normativa en cuestión y ha prorrogado los plazos y suspendido las licitaciones, lo cual contradice en gran medida la afectación que dice sufrir como consecuencia de la decisión del a quo”. (CSJN, G 589, Recurso de Hecho deducido por el Estado Nacional (Jefatura de Gabinete de Ministros). Al respecto cabe puntualizar, que la Ley no solo consta de los artículos suspendidos que solo favorecen a Clarín, sino que constituyen un cuerpo legal integrado, que tampoco el gobierno ha aplicado como lo señaló la Corte, en los fallos rechazando las peticiones del Poder Ejecutivo.

Los términos de ambas sentencias son elocuentes, en cuanto muestran que el gobierno no tuvo demasiado interés en la aplicación de la ley, y solo lo mueve el propósito de dirigir su accionar a un grupo específico con el que se encuentra enfrentado, desvirtuando así el proclamado sentido de la Ley. Naturalmente que para disimular el sentido de la fecha emblemática del 7 de diciembre, las autoridades del Asfca, han señalado los grupos que se encuentran obligados a desinvertir, mostrando una serie de procedimientos que se van a poner en práctica, llegándose hasta la adjudicación directa de licencias, lo que muestra la forma discrecional de manejarse, ya que ello supone privilegiar a los medios que sostienen las políticas oficiales.

En la práctica, se ha recreado precariamente la concepción de amigo-enemigo de la que tanto teorizara Carl Schmitt para quien “Enemigo es sólo un conjunto de hombres que siquiera eventualmente, de acuerdo con una posibilidad real se opone combativamente a otro conjunto análogo. Sólo es enemigo el enemigo público, pues todo cuanto hace referencia a un conjunto tal de personas, o en términos más precisos a un pueblo entero, adquiere eo ipso carácter público". Como el Estado no puede admitir las practicas monopólicas, que invariablemente atentan contra el orden público, y debido a que el grupo Clarín, es un conglomerado empresario que ha extendido sus intereses en todos los medios de comunicación, existe legitimidad en utilizar todos los recursos legales para terminar con su posición dominante; pero la aplicación de las normas no puede ser selectiva, y referirse a un monopolio en particular sino que debe ser aplicadas con idéntico rigor a todos aquellos grupos que presenten características similares.

Sin embargo esta no es la concepción prevaleciente en el gobierno nacional, ya que en este singular ejercicio del poder del Estado, la sociedad entera pareciera dividirse en réprobos y elegidos. Los primeros serían los enemigos del gobierno y quienes lo cuestionan, y estos, los que negocian y apoyan cualquier política con tal de no perder su privilegios. En esa selectiva caracterización de personajes poco importa la legalidad y la razonabilidad de lo que se decide, y los méritos o defectos de aquellos a los que se va a enfrentar. Solo interesa el negocio que se hace con algunos, y aquellos con los que no se acuerda pasan a integrar el sector de los enemigos del llamado “modelo nacional y popular” a los que hay que afectar en sus intereses de la manera que sea, quebrando de esa manera aquel olvidado principio de la igualdad ante la Ley.

Empero más allá de teorizaciones sobre las distintas modalidades de esta concepción política, creo que resulta más ejemplificador mostrar dos casos concretos que pondrán en evidencia el sectarismo que se ha puesto en practica como política de estado, y la falsedad del discurso oficial sobre la real intención de democratizar a los medios.

EL MONOPOLIO TELEFÓNICA
Es difícil que algún argentino desconozca las andanzas del monopolio Clarín, ya que el gobierno nacional se ha encargado de difundir profusamente sus inescrupulosos manejos políticos y económicos, pero es raro que se conozcan los antecedentes y vinculaciones empresarias y financieras del monopolio Telefónica, que no solo ha negociado con el gobierno, sino que a través de la selectiva y sesgada lectura de la Ley de Comunicación, se lo ha exceptuado de desinvertir.

Cuando en el año 1989, se dictó la Ley 23.696 de Reforma del Estado y Emergencia Pública, que vino a significar en la práctica un verdadero desguace del Estado Nacional, con la consecuente privatización de las empresa públicas, una de ellas la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL) fue incluida entre las que serían privatizadas.

Posteriormente y con el fin de evitar supuestas prácticas monopólicas se dictó el Decreto 731/89 donde se otorgaron a dos sociedades que manejarían los sectores Sur y Norte, el control de las comunicaciones, que finalmente sería operado por Telefónica S.A. (filial de Telefónica de España) y Telecom Argentina S.A. (integrada actualmente por capitales italianos), cuando ambas empresas se hicieron cargo de la Ex Entel, dividida en dos partes operativas.

No es del caso relatar todas las alternativas del brillante negocio que hicieron esas empresas extranjeras al quedarse con el negocio de las comunicaciones, el fraude que se cometiera posteriormente con los ex empleados de Entel, propietarios de acciones de propiedad participada, que fuera motivo de una acción penal que tramitara ante la justicia federal, y los reiterados incumplimientos a las diversas disposiciones que se dictaron con posterioridad. En rigor, el pueblo argentino quedó prácticamente cautivo de dos empresas, que manejaron el sistema a su antojo, contando con la negligencia constante de las autoridades que nunca aplicaron con la determinación que resultaba necesaria, normas que regularan la actividad e impidieran ciertas formas peculiares de suministrar el servicio de telefonía fija y de telefonía móvil.

El Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que: “ Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos”

De conformidad con la citada norma legal, se dictaron distintas resoluciones aplicables al caso para evitar la restricción, alteración o distorsión de la plena y efectiva vigencia de la competencia empresaria en el mercado de las telecomunicaciones (Resoluciones 57/96, 490/97, 920/98, 37/2000)

La ley 25.000 del año 1998, aprobó el Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre Comercio y Servicios de la Organización Mundial de Comercio, firmado en Ginebra el 15 de abril de 1997, donde la Argentina asumió la obligación de instrumentar las medidas que fueren necesarias con el fin de impedir prácticas anticompetitivas a los proveedores dominantes de servicios.

En el artículo 10 de la Ley 23.696 ya citada, se indicaba la exclusión de privilegios y clausulas monopólicas, que pudieran ser utilizadas por las empresas, con el consiguiente perjuicio a la libre competencia que se proclamaba, y que solo estaba en los papeles, ya que la realidad fáctica era sustancialmente distinta. De todas maneras la Ley así lo indicaba.

De conformidad con toda la normativa existente, no existe la posibilidad real de convalidar actitudes que signifiquen las prácticas monopólicas en los servicios de comunicaciones, y tampoco aceptar que las posiciones dominantes de las empresas del sector celebren acuerdos para el control absoluto del mismo, pero todo esto puede modificarse, cuando hay un interés gubernamental en hacerlo.

Los antecedentes de esta negociación vienen desde el año 2007, cuando Telefónica de España acordó con Telecom de Italia su ingreso en la referida compañía, asumiendo el virtual control de la misma. Ello determinó que Telefónica pasó a tener el control de Telecom Argentina, filial de la de Italia, ejerciendo así una posición monopólica violatoria de las normas que regulan el sistema de las comunicaciones. La posición dominante está dada, porque entre ambas empresas controlan 8.489.400, líneas fijas, lo que representa el 90% del mercado, existiendo solamente 289 operadores independientes con 521.246 líneas (6%) y 108 operadores entrantes con 416.136 líneas (4%)

Para tener una idea aproximada de lo que significa el conjunto empresario de TELEFÓNICA, S.A. que desarrolla su actividad principalmente en los sectores de telecomunicaciones, con participación accionaria importante en el BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (en adelante “BBVA la CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA (en adelante “LA CAIXA”), con una participación directa e indirecta del 5,483% del total de las acciones de TELEFÓNICA, S.A. se hace una somera descripción de las empresas que lo integran, sus vinculadas, y las que controla.

TELEFÓNICA, S.A. controla directamente el 100% de TELEFÓNICA INTERNACIONAL S.A., TELEFÓNICA MOVILES ARGENTINA HOLDING S.A.,TELEFÓNICA CONTENIDOS S.A.U., ATENTO HOLDING, INVERSIONES Y TELESERVICIOS, S.A.U. (en adelante “ATENTO HOLDING”), TELEFÓNICA INGENIERIA DE SEGURIDAD, S.A.U., TELEFÓNICA GESTIÓN DE SERVICIOS COMPARTIDOS ESPAÑA, S.A. y PLEYADE PENINSULAR, CORREDURIA DE
SEGUROS Y REASEGUROS DEL GRUPO TELEFÓNICA, S.A.

TELEFÓNICA INTERNACIONAL S.A. es una empresa holding, que realiza inversiones en el sector de las telecomunicaciones, está constituída en España y controla directamente el 14,99% de TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., e indirectamente el 53,65%, a través de COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES S.A. (en adelante “COINTEL”) (52,70%), y de TELEFÓNICA INTERNACIONAL HOLDING B.V. (0,95%). Asimismo, TELEFÓNICAMOVILES ARGENTINA S.A. detenta el 29,56% restante de la participación indirecta de TELEFÓNICA sobre TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. A su vez, el 1,8% restante de las acciones de TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. que cotizaban en bolsa han sido adquiridas por el grupo TELEFÓNICA. A su vez controla directamente el 99,9% de TERRA NETWORKS ARGENTINA S.A., siendo el 0,1% restante controlado directamente por TELEFÓNICA INTERNACIONAL HOLDING B.V. La compañía TERRA NETWORKS ARGENTINA S.A. está constituida en Argentina, y su actividad principal consiste en ser proveedor de servicios de acceso a Internet y portal.

COINTEL es una sociedad anónima controlada directa e indirectamente por TELEFÓNICA INTERNACIONAL S.A. Esta última posee directamente el 12,67% de COINTEL, mientras que indirectamente posee el 87,33%a través de las firmas TELEFÓNICA HOLDING DE ARGENTINA S.A. (50%) y de TELEFÓNICA INTERNACIONAL HOLDING B.V. (37,33%).

TELEFÓNICA HOLDING DE ARGENTINA S.A. es una empresa argentina, cuya actividad principal es participar directa o indirectamente en negocios en las áreas vinculadas a las telecomunicaciones, medios de comunicación y energía. La misma se encuentra controlada directamente por TELEFÓNICA INTERNACIONAL S.A. con el 99,99% del paquete accionario.

TELEFÓNICA INTERNACIONAL HOLDING B.V. es una empresa holding holandesa, directamente controlada por TELEFÓNICA INTERNACIONAL S.A., quien detenta la totalidad de su capital accionario.

TELEFÓNICA MOVILES ARGENTINA S.A. es una firma argentina que tiene por actividad principal la prestación del servicio de telefonía móvil. Dicha compañía es controlada directamente por TELEFÓNICA MOVILES ARGENTINA HOLDING S.A. (sociedad holding), con el 84,6% de su capital social, siendo el restante 15,4% controlado directamente por TELEFÓNICA, S.A.

TELEFÓNICA DE ARGENTINA controla directamente a la firma TELEFÓNICA DATA ARGENTINA S.A., empresa que tiene por actividad principal la prestación de servicios de telecomunicaciones, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, así como asesoramiento integral y consultoría en sistemas de telecomunicaciones y tecnología de la información.

Por otro lado, TELEFÓNICA CONTENIDOS S.A.U., empresa radicada en España controla indirectamente a TELEVISIÓN FEDERAL S.A. (en adelante indistintamente “TELEFE”), AMPELION S.A. y TEVEFE COMERCIALIZACIÓN S.A., a través del99,99% de las acciones en TELEFÓNICA MEDIA ARGENTINA S.A. (el restante0,01% de las acciones pertenecen a TELEFÓNICA HOLDING DE ARGENTINA S.A.).

TELEFÓNICA MEDIA ARGENTINA S.A. controla directamente con el 98,24% de las acciones a la firma ARGENTINA ATLANTIDA COMUNICACIONES S.A. (en adelante indistintamente “ATCO”), mientras que el 1,76% restante pertenece a TELEFÓNICA HOLDING DE ARGENTINA S.A. (ya referenciada).

TELEFE es una empresa argentina que se encuentra controlada directamente por ATCO con un 79,02%, estando el 20,98% restante en poder de ENFISUR S.A.9. TELEFE tiene por actividad principal explotar sus señales televisivas y a la producción de contenidos.


ATENTO HOLDING, empresa española dedicada a la prestación de servicios de telecomunicaciones, controla directamente el 100% de ATENTO N.V. (empresa de Holanda que presta servicios de telecomunicaciones) y, a través de ésta controla el 99,99% de ATENTO CHILE HOLDING, S.A.

ATENTO HOLDING controla indirectamente en la Argentina, a través de participaciones de ATENTO N.V. y de ATENTO CHILE HOLDING S.A., el 100% de ATENTO ARGENTINA S.A., MAR DEL PLATA GESTIÓNES Y CONTACTOS S.A., CÓRDOBA GESTIÓNES Y CONTACTO S.A., MICROCENTRO DE CONTACTO S.A.

TELEFÓNICA INGENIERÍA DE SEGURIDAD, S.A.U., es una empresa constituida y vigente según la leyes del Reino de España que presta servicios y sistemas de seguridad, que posee una sucursal en la Argentina. Asimismo, esta empresa controla en la Argentina el 96,60% de las acciones de TELEFÓNICA INGENIERÍA DE SEGURIDAD DE ARGENTINA S.A., empresa argentina que tiene por actividad principal la prestación de servicios por cuenta propia o de terceros, o asociadas a terceros, en el país o en el extranjero, de monitoreo, proyectos de instalación y manutención de dispositivos, aparatos, equipamientos y sistemas de seguridad electrónica o de otra tecnología contra robo, incendio, intrusión u otros, así como también el planeamiento y asesoría respecto de tales actividades. Las restantes acciones se encuentran en poder de la empresa del mismo grupo, TELEFÓNICA
ENGENHARIA DE SEGURANCA DO BRASIL LTDA. (3,39%), y del Sr. Carlos Amaya (0,01%).

TELEFÓNICA GESTIÓN DE SERVICIOS COMPARTIDOS ESPAÑA, S.A. es una empresa radicada en España, 100% y directamente controlada por TELEFÓNICA, que tiene por actividad principal la prestación de servicios de gestión y administración. Esta compañía controla directamente el 95% de las acciones de TELEFÓNICA GESTIÓN DE SERVICIOS COMPARTIDOS ARGENTINA S.A., empresa radicada en la argentina que realiza la misma actividad principal que su controlante directo, siendo participada directamente por TELEFÓNICA con el 5% restante de las acciones.

PLÉYADE PENINSULAR, CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS DEL GRUPO TELEFÓNICA S.A., es una empresa radicada en España que se dedica a la distribución, promoción o producción de contratos de seguros, controlada total e indirectamente por TELEFÓNICA. En la Argentina, controla directamente el 94,85% de las acciones de la firma PLÉYADE ARGENTINA S.A., que tiene por actividad la intermediación en el país promoviendo la concertación de contratos de todo tipo de seguros, asesorando a asegurados y a asegurables.

TELEFÓNICA controla indirectamente en la Argentina a TELEFÓNICA INTERNATIONAL WHOLESALE SERVICES ARGENTINA S.A., empresa radicada en el país que tiene por actividad principal proveer servicios de comunicación de gran ancho de banda. Dicha empresa es controlada a través de la firma radicada en Uruguay, TELEFÓNICA INTERNATIONAL WHOLESALE SERVICES AMERICA S.A., de idéntica actividad, con el 99,94% de las acciones. El restante 0,06% de las acciones se encuentra en poder de TELEFÓNICA INTERNATIONAL WHOLESALE SERVICES, S.L., empresa española, proveedora de servicios internacionales. Ambas compañías se encuentran controladas directa e indirectamente por TELEFÓNICA.

Como puede observarse este verdadero pool de empresas ramificadas deliberadamente, en distinto tipo de operaciones, al quedarse con la mayoría accionaria de Telecom, va a ejercer el control total y absoluto de todas las comunicaciones del país: fijas y móviles, y con la clara posibilidad de ejercer su posición dominante también en el manejo de la red de internet.

Corresponde destacar, que por nota SC Nº 1459/09, fechada el 23 de julio, el Secretario de Comunicaciones de la Nación, Arq. Lisandro Salas, emitió un dictamen, donde se decía textualmente “Se observa que la participación de Telefónica de España en Telecom Italia, generaría una participación indirecta de Telecom de España en Personal y Movistar, las que son prestadoras de servicio móvil en idénticas áreas de servicio… Se concluye que la operación resulta violatoria del marco regulatorio aplicable a las telecomunicaciones, por cuanto implican la vulneración del grupo normativo que conforma el marco regulatorio de las telecomunicaciones. Finalmente el Estado no puede convalidar una operación que atenta contra la libre competencia”. A ello se sumaron distintas opiniones del Ministro de Planificación Federal, que el gobierno no iba a admitir semejante control societario, porque sería convalidar el monopolio.

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, hizo un minucioso análisis de las relaciones societarias involucradas en esta operación, aunque dejó librada a la decisión del gobierno nacional, celebrar el acuerdo que se creyera conveniente.

Al referirse al acuerdo celebrado con Telefónica y Telecom la Presidenta de la Nación sostuvo que “logramos un acuerdo muy importante, porque ambas empresas se someten a las leyes argentinas anti monopólicas, con convenios transparentes” y que habían renunciado a sus juicios en el CIADI, y que van a ser monitoreadas aquí y en sus casas matrices. En un comunicado posterior, aunque se enfatizaron los logros del acuerdo se reconoció la existencia de “riesgo monopólico”

Hace 40 años en un fallo verdaderamente ejemplar, ajustado a derecho y recogiendo las mejores tradiciones jurisprudenciales de la Argentina, el entonces Juez Nacional de Primera Instancia en lo Comercial, Dr. Salvador María Lozada, dictó la quiebra del frigorífico Swift, haciendo extensiva la quiebra a su sociedad controlante Deltec International, y a todo el conjunto de empresas vinculadas, planteando el real significado de lo que significan los conjuntos económicos, como operan y su notable capacidad infractora de la ley, eludiendo todo mecanismo de control.

Resulta muy extraño, el abrupto cambio de parecer de las autoridades, que fulminaban el año 2010 lo que negociaron un año después con las empresas, y mucho más, cuando se pretende desconocer la situación de dominio total que va a pasar a tener Telefónica sobre la telefonía fija y celular, y también sobre el sistema de internet, además del control sobre canales de aire.

Entendemos que es una verdadera ingenuidad, para utilizar una palabra prudente, suponer que el gobierno nacional va a poder monitorear a las empresas en su país de origen, si tenemos en cuenta la significativa importancia del grupo Telefónica y todas sus vinculaciones societarias, y también, que se va a poder controlar un accionar que naturalmente no se va a decidir en la Argentina.

Sin perjuicio de que habría que reformular todo el sistema de las comunicaciones, no resulta posible admitir, que se acuerde la cuasi consolidación de un monopolio, con la simple salvaguarda, de que las empresas que lo integran hayan asegurado que cumplirán con la normativa pertinente.

Lo que resulta fundamental para tener en cuenta, es que Telefónica de España, pasa a tener el control absoluto de las dos empresas que operan en la Argentina, y manejará las operaciones para privilegiar sus intereses. Por otra parte, esa posición dominante que adquiere ahora en el país, la libra de cualquier tipo de competencia, y vulnera no solo toda la normativa sobre la materia, sino el propio texto constitucional, a lo que se suma que se la ha excluido de la aplicación de la Ley de medios a través de una interpretación sesgada, que no resiste un examen estricto de lo que significa ese grupo empresario, cuyas vinculaciones y poder es muy superior al que se atribuye al grupo Clarín.

LOS FONDOS BUITRES

Con motivo del embargo y virtual secuestro de la Fragata Libertad, la Presidenta de la Nación y gran parte de los funcionarios del gobierno, se cansaron de hablar de los fondos buitres, de sus practicas deleznables y de la especulación que conllevan sus acciones, que se apartan del negocio convencional de la compra de bonos para usar diferentes modos de enriquecerse sobre la base de las dificultades de los países que tienen un cierto riesgo soberano, o aquellos que entraron en default.

Los fondos de inversión como NML, Fintech, Fidelity y Gramercy y otros, han sido caracterizados de buitres, debido a que se dedican a operaciones especulativas, comprando deuda a bajo precio de países en riesgo de default, y después ejecutando la misma para lograr el pago nominal de los bonos, con más las acreencias pactadas. Esto ocurrió hace unos años cuando Elliot Associates demandó al Perú por una operación de Bonos Brady, y ese país se vio obligado a negociar, pagando el reclamo, para evitar una situación conflictiva con los otros tenedores de Bonos. Teniendo la misma intención los grandes grupos financieros utilizan mecanismos más sutiles y estrategias más diplomáticas, pero no existen diferencias con los buitres en cuanto a sus objetivos y las ganancias que persiguen, solo que operan más formalmente negociando en forma directa con los gobiernos a través de acuerdos reservados, que solo ven la luz pública cuando todo ha sido resuelto, no informándose la realidad de lo que se ha pactado, y solo mostrando algunos aspectos de la negociación, que hagan aparecerla como algo favorable para el país deudor.

Lo ocurrido con el canje de la deuda efectuado en el año 2010, es un claro ejemplo de ello, y muestra algunos criterios selectivos para la calificación de fondos buitres, siendo aplicable la misma, cuando no hay un acuerdo con ellos, y exceptuándolos de tal caracterización, cuando existen acuerdos que no trascienden y donde se negocia con especuladores que asumen otras formas operativas, pero cuyos objetivos y réditos son sustancialmente los mismos.

Después de efectuada la restructuración de la deuda externa en el año 2005, se dictó la Ley 26.017, llamada ley cerrojo, que no admitía ninguna renegociación con aquellos acreedores que no se hubieran acogido al canje del año 2005. No obstante las intenciones de cerrar definitivamente todo acuerdo con los Holouts, el Poder Ejecutivo, pidió al Congreso Nacional en el año 2009 la suspensión de esa Ley, y en virtud de ello se dictó la Ley 26547, suspensiva de la Ley cerrojo y posteriormente los Decretos 1953/09 y 563/10 que autorizaron un nuevo canje de deuda.
Esta nueva operación, ha sido materia de una denuncia en la justicia, debido al posible tráfico de influencias y la utilización de información privilegiada por parte de bancos y particulares, que compraron bonos a precios ínfimos (como lo que hizo NML), sabiendo que a través de gestiones reservadas el canje se iba a abrir, y en consecuencia se podría negociar con el gobierno, obteniendo ingentes ganancias a través del reconocimiento que se haría del valor de los bonos, a los que se les añadiría como premio el cupón atado al PBI, con efecto retroactivo.

En ese canje el Congreso Nacional fue nuevamente marginado, ya que pese a que el art. 75 de la Constitución establece la responsabilidad del Congreso Nacional en el arreglo de la deuda pública, en ningún momento el Parlamento Nacional analizó, evaluó y aprobó la oferta financiera que a través del canje el gobierno argentino les hizo a los bonistas. Según el PEN, el Art. 51 de la ley 26546 de Presupuesto General resultaba suficiente autorización para proseguir con la normalización de los servicios de deuda pública en default en los términos del Art. 65 de la Ley de Administración Financiera.

La ilegalidad de la operación se observa en el hecho objetivo de que el grupo financiero que lideró el canje es al mismo tiempo representante de los bonistas y autor de la oferta financiera. Es decir, se diluye de manera absoluta la relación Estado-deudor versus bonistas-acreedores, ya que el grupo financiero liderado por el banco Barclays unifica ambos polos de la relación. Demás está decir que normalmente los bancos coordinadores actúan en representación de la República para llegar a los inversores y no al revés. Corresponde agregar también que los bonos que se canjearon estaban sujetos a la investigación que lleva adelante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, en las causas denominadas Olmos II y Olmos III por lo que la operación de canje burló el accionar de la justicia y blanqueó las acreencias de los bonistas. Como dato adicional debe observarse también que el Banco Barclays es además socio de una de las petroleras que explora en el mar de Malvinas.

La sospecha acerca del tráfico de influencias apareció tras haber identificado la participación de la Arcadia Advisors en la operación, consultora que si bien vino preparando este canje como actor protagónico desde el año 2008 junto a los tres bancos intervinientes, en ningún momento había sido mencionada por el Ministerio de Economía, en toda la información que fuera suministrada sobre la operatoria de canje. A través de la investigación efectuada por el Diputado Claudio Lozano, se pudo conocer que Arcadia es conducida por los doctores Emilio Ocampo y Marcelo Etchebarne y se constata que esta consultora y el último de los nombrados participaron en los canjes de deuda provinciales de Formosa, Mendoza, San Juan y Provincia de Buenos Aires (en todos los casos gobernadores claramente alineados con el Gobierno Nacional). Asimismo, se pudo confirmar que Diego Bossio (responsable del ANSES y colaborador directo del Ministerio de Economía) fue asesor del Gobernador de Mendoza Celso Jaque en la renegociación (canje) del Bono Aconcagua y que casualmente, su hermano (Pablo Bossio) trabaja desde el año 2009 en el estudio jurídico del Dr. Marcelo Etchebarne. Para verificar el rol de Arcadia se formalizó el proyecto de resolución 2045-D-2010 presentado el 12/04/2010 por varios diputados. La respuesta al mismo -y al impacto público de la denuncia formulada- fue el "blanqueo" de esa consultora respecto a su papel en el canje en el Prospecto del mismo -f. 660 de los anexos al Decreto 563/10-:

En septiembre de 2008 la Argentina recibió del Coordinador Global y Arcadia Advisors ("Arcadia") una propuesta inicial para implementar un canje de Títulos Elegibles anteriores a 2005. La propuesta se realizó en representación y sobre la base de expresiones de interés de varios grandes tenedores institucionales internacionales asesorados por Arcadia que representaban un monto sustancial de Títulos Elegibles anteriores a 2005 ("Los Tenedores Iniciadores"). La estructura jurídica y financiera que sustentó la propuesta fue diseñada originalmente y analizada por Arcadia con uno de los mayores Tenedores Iniciadores en enero de 2008. Arcadia recibió, además, expresiones de interés de otros tenedores de Títulos Elegibles anteriores a 2005 y, en marzo de 2008, invitó al Coordinador Global a participar en la transacción y concertó condiciones de compensación sobre la base de una relación de exclusividad entre Arcadia y el Coordinador Global. Esa relación de exclusividad se aplicó a la propuesta revisada que el Coordinador Global presentó a la Argentina en octubre de 2009 con respecto a títulos Elegibles anteriores a 2005. Posteriormente, la Argentina invitó a Citigroup Global Markets Inc. y Deutsche Bank Securities Inc. a desempeñarse como Colocadores Coordinadores en forma conjunta con el Coordinador Global.

Arcadia es una empresa de asesoramiento financiero que brinda asesoramiento sobre fusiones y adquisiciones, restructuraciones de deuda y obtención de capitales, siendo sus socios principales Emilio Ocampo y Marcelo Etchebarne, con antecedentes en banca de inversión y derecho societario, respectivamente. El Sr. Ocampo tiene 20 años de experiencia en finanzas internacionales y durante varios años fue director gerente de Salomón Smith Barney y de Morgan Stanley en sus oficinas de Nueva York y Londres, respectivamente. Se graduó como Licenciado en Economía en la Universidad de Buenos Aires y realizó un MBA en la Universidad de Chicago. Fue además Vicepresidente del Chase Manhattan Bank de Nueva York, siendo su suegro, Mr. Robert Douglass Brooke, consejero de Nelson Rockefeller y presidente de Cedel (Centro Internacional de Intercambio de valores y liquidación de Luxemburgo) y también integrante del estudio Milbank, Tweed, Hadley y McCloy, la oficina de abogados más importantes de los Estados Unidos, quien instrumentara todos los contratos del Plan Brady en 1992.

Por su parte Marcelo Etchebarne es persona con amplia experiencia en los mercados de capitales locales e internacionales y en la restructuración de deuda soberana. Ha obtenido títulos de derecho en la Universidad Católica Argentina y Harvard Law School, es miembro de la Asociación de Abogados del Estado de Nueva York y fue asociado internacional de Simpson Thacher & Bartlett en Nueva York. El Sr. Etchebarne también es socio del estudio jurídico Cabanellas, Etchebarne Nelly & Dell´Oro Maini, que se desempeña como asesor jurídico local del Coordinador Global en lo referente a la Invitación."

En el prospecto de ofrecimiento" se dijo que “Además, la Argentina y los Coordinadores Colocadores reconocen que conforme a un convenio de asignación de honorarios entre Arcadia Advisors S.A. (Arcadia) y el Coordinador Global, el Coordinador Global asignará a Arcadia de los honorarios que el Coordinador Global recibe del Agente de Canje (Como se define más adelante), neto de cualquier honorario totalizador de enlace para instrucciones (aggregator fee) y honorario minorista, el monto de remuneración de Arcadia, que será de un máximo de US$ 5 millones."

Esto sinceró el proceso: Arcadia "juntó" varios bancos de inversión y fondos que adquirieron a precios viles los bonos en default - y por fuera de los mercados secundarios, lo que hace más difícil determinar esos precios- y con esa masa crítica convocó a Barclays Capital Inc. (que ya había participado en el canje del 2005) para elevar una propuesta de reapertura del canje. En un principio se ideó un canje colectivo (Préstamos Garantizados, Bonos con CER y Holdouts) quedando los últimos para una etapa ulterior. En octubre de 2009 se firmó la carta de intención con los bancos organizadores y en un trámite express, el 18 de noviembre diputados y senadores ya habían aprobado la suspensión de la ley "cerrojo".

Una de las más graves contradicciones de esta secuencia estriba en que, mientras que la Carta Convenio firmada con los bancos y ratificada por resolución 267/09 del 10/12/2009 dice que: ..." Argentina, por la presente, contrata al Coordinador Global y a los Bancos Colocadores para trabajar en el análisis financiero, en el diseño y estructuración y, dentro del contexto de la legislación vigente oportunamente en Argentina y sujeto a las autorizaciones legales que correspondan, para implementar un canje de hasta el monto total pendiente de pago de los títulos de deuda emitidos por Argentina, elegibles para la oferta de canje realizada por Argentina en el año 2005 (la "Oferta de 2005") pero no presentados para el canje (la "Deuda No Canjeada") en condiciones más atractivas para Argentina que aquellas ofrecidas en la Oferta de 2005..." la ley 26547 de reapertura del canje se puso del lado de los acreedores.

Esta contradicción entre lo comprometido por los bancos y confusa redacción de la ley supuso una estructura de "suma cero" entre los intereses del país y de los tenedores de deuda. Pero esto no es así ya que Diputado Nacional Claudio Lozano demostró que: "pese a lo expuesto por el Ministro de Economía, e incluso pese a que la oferta que originalmente se iba a formular fue modificada bajo la posibilidad de ser tildada como escandalosa, aun así lo que fue anunciado y pretende instrumentarse en los próximos días es, ciertamente, una oferta más generosa que la que se hiciera en el 2005. Para ser precisos lo que estamos sosteniendo quiere decir que la oferta del Poder Ejecutivo no solo no fue aprobada por el Parlamento sino que incluso desvirtúa el sentido de lo que el Parlamento aprobara en ocasión de suspender los efectos de la Ley Cerrojo."

Agregaba Lozano que "...El canje de deuda reabierto en el marco de la suspensión de la "Ley Cerrojo" que se efectuó, sin que hasta la fecha se haya dado una explicación detallada del mismo, constituye el broche de oro del marcado vuelco a la ortodoxia del gobierno nacional iniciado hace más de dos años. Los esfuerzos del Ministro Boudou al intentar demostrar que el canje beneficiaba a la Argentina ya que de esta manera se vuelve a los mercados voluntarios de deuda y a la vuelta de un flujo inversor son vanos al quedar en evidencia la falsedad de esas premisas y de los ejes sobre los que descansa esta operación. Así, la restructuración de unos U$S 9.500 millones en default implicó una ganancia extraordinaria para los bancos y particulares participantes, demanda para los pagos futuros un fuerte esfuerzo fiscal y externo y entra en colisión con los mismos preceptos que Economía venía sosteniendo respecto a su política de administración de pasivos.

Así puede verse como ese canje tuvo efectos no neutros entre el país y los acreedores, ya que no parece razonable por antieconómico que alguien que ya ingresó al canje en el 2005 haga uso de la nueva opción, pero aquellos que no lo hicieron pudieran retrotraer su decisión al 2005, con la ventaja de recibir un cupón PBI con probabilidad de cobro mucho mayor que en el 2005. O sea que Argentina tiene una probabilidad de pagar mucho mayor que lo comprometido en el 2005.

Mario Cafiero, recogió algunos antecedentes y puntualizó que"...Aunque se intente buscar reparo legal a estas negociaciones con la posterior sanción de la ley de suspensión de la ley cerrojo (26.547) existe un período previo en donde determinados fondos especuladores usando "información privilegiada del Estado" adquirieron -de forma previa e inmediata y/o durante el momento de la negociación- bonos argentinos en default. Bonos que como se dijo, su cotización era insignificante dada la vigencia del art. 4 de ley cerrojo, que dispuso que esos bonos se debían "retirar de cotización en todas las bolsas y mercados de valores, nacionales o extranjeros".

En estas circunstancias esos fondos, a la par que iban adquiriendo sigilosamente todos los bonos que pudieron comprar, impulsaban al gobierno nacional a levantar la ley cerrojo. Incluso, el mismo gobierno con ambiguas declaraciones públicas, a través de sus más altos funcionarios, se encargaron de deprimir aun más la cotización de los bonos, como las efectuadas en septiembre del 2008 a la par que los bancos presentaban su propuesta de canje. En esa oportunidad el Jefe de Gabinete Massa, y el ministro del Interior Randazzo hablaban de una quita superior al 75 %. Y la presidenta Fernández de Kirchner afirmó en Nueva York ante el Council of Foreing Relations, que los bancos habían hecho "una más que inteligente propuesta en condiciones para la República Argentina, mucho más favorables que las condiciones del canje del 2005".

Por otra parte, esa masa crítica de bonos que se comprometieron a aportar al canje los bancos organizadores tenían dueños conocidos: "...Según un comunicado de prensa emitido por el Ministerio de Economía, los mismos Fondos Fintech, Fidelity y Gramercy, con que se negociara en el canje de 2005, y con los que se mantuvieron reuniones a partir de noviembre de 2003, serían los que ahora diseñaron la salida de Argentina del default. Fintech se presentó como "Amicus curiae" de Argentina ante el Juzgado Federal de New York del juez Griesa, cuando tenía una posición de 700 millones de dólares, que ingresó al canje de 2005 (Amicus Brief por FinTech Advisory Inc. a favor de Argentina en relación con el litigio Ltd. EM.). Sin embargo parecería que Fintech olvidó ingresar algunos bonos al canje, o bien habría comprando nuevas posiciones en base a información privilegiada...”

"...El grupo Gramercy Advisors, está integrado por sociedades constituidas en paraísos fiscales, bajo las leyes de las Islas Gran Cayman, con sede principal de negocios en el mismo lugar. Según publica en su página web, se trata de un fondo especulativo con cobertura en mercados emergentes. La expedita ganancia que obtendrá de Argentina en esta operación, le dará un importante antecedente de prestigio en los mercados del mundo. Jorge Cerritelli, su director y Jefe de Estrategia Global, no es un inversor desprevenido a quien sorprendió el default de 2001. Cuenta con más de 20 años de experiencia en mercados de valores de deuda emergente, y tiene como antecedente estrechas vinculaciones laborales con el Grupo Fintech. PARTNERS. Es una sociedad constituida bajo las leyes del paraíso fiscal de Guernesey, con su oficina principal de negocios en la misma isla..."

"...El volumen de bonos aportados por Gramercy, cuya intervención habría sido fundamental en la negociación, asistiendo permanentemente a funcionarios públicos que manejaron la negociación, comenzó con un costo de compra de 29 millones de dólares al comienzo de 2008. Se elevó a 150 millones hasta el día de anunció del canje. Y el diario Ámbito Financiero (21/04/10) informó que: "El fondo Gramercy confirmó que entra con u$s 3.000 millones" y "es el primero que acepta formalmente la oferta por default" El accionar de estos fondos especulativos habría estado conectado con estudios de abogados, como el de Hughes Hubbard & Reed y Liendo &; Castiñeyras, donde participa como socio el ex funcionario y estrecho amigo de Domingo Cavallo, Horacio Liendo, los cuales al convocar a los tenedores de bonos, habrían obrado como señuelo para que los fondos especulativos pudieran identificar a los tenedores de los bonos en default, y negociar su compra..."

Debido a que todas las formas operativas de este canje, mostraban una clara connivencia de funcionarios con fondos especulativos a quien el gobierno no calificó como buitres, se planteó un pedido de investigación sobre todas las modalidades que rodearon la operación de canje en el año 2010, identificando a los tenedores de bonos que se vieron beneficiados con la propuesta y pidiendo al Agente de Canje y Agente Fiduciario (el Bank of New York Mellon) y al Agente de Información (Georgeson S.R.L.) el listado de tenedores de títulos de deuda presentados al canje, en virtud de las Cartas Convenio incluidas como anexos de la Resolución 230/2010 del 29/04/10 del Ministerio de Economía y de las declaraciones, garantías y compromisos asumidos por los Tenedores de Títulos de acuerdo al Prospecto de Emisión. La causa que iniciara el diputado Fernando Solanas quedó radicada en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal a cargo del Dr. Ariel Lijo.

De acuerdo a los registros del BONY Mellon (Fiduciario), sólo llegaríamos a nivel de los Sistemas Compensadores Principales (Caja de Valores, Clearstream Banking AG, Clearstream Luxembourg, Euroclear, Iberclear, Monte Titoli Spa, OEKB, SIS) ya que la casi totalidad de los Títulos son Títulos Globales, definidos como tales en el acápite c) (3) de la Sección 2.5 del Contrato de Fideicomiso incluido en el anexo al decreto 563/10 en folio 1322. O sea que casi todos los Títulos tienen la forma de escritural y son "partes" de un Global cuyo Titular es el Depositario (el Sistema Compensador). Para poder avanzar en la búsqueda de los beneficiarios reales, se debe ir más allá.

La Argentina realizó acuerdos especiales con los sistemas compensadores principales con la finalidad de que esos sistemas pudieran presentar directamente al agente de canje notificaciones de aceptación electrónicas en representación de los tenedores oferentes. Estos sistemas compensadores principales podían cumplir esa función incluso con respecto a los Títulos Elegibles que no estén registrados a su nombre (o a nombre de su representante depositario). La Argentina designó a cada uno de estos sistemas compensadores como sistemas compensadores principales a los efectos de la Invitación, ya sea porque los Títulos Elegibles están registrados a nombre de dicho sistema compensador (o un representante de su depositario) o la Argentina esperaba que un número importante de ofrecimientos fueran presentados a través de dicho sistema compensador.

De acuerdo con algunas de las modalidades de la operación la República Argentina tiene a su disposición la información necesaria como para determinar, a nivel de Beneficiario y a nivel de Participante Directo -en los términos en que los define el Prospecto de Emisión- quiénes fueron los Bancos, Fondos de Inversión o particulares que se adhirieron al canje de deuda formalizado por el Decreto 563/2010 y cuya fase mayorista venció el 12 de mayo de 2010 y la minorista vencía -y se prorrogó dos semanas- el 7 de junio de 2010. Aunque estos datos permitirían corroborar el tráfico de influencias y el manejo de información privilegiada de parte de los distintos actores, además de permitir inferir cuando y a qué precios fueron adquiridos los bonos ahora canjeados así como el beneficio resultante, el secreto sobre la operación no permite conocer nada más que los decretos y las resoluciones oficiales sin saber hasta el día de hoy todas las alternativas de esta operación lesiva para los intereses de la Nación. En este caso los buitres dejaron de serlo por haber acordado con el gobierno nacional, aunque las compras de bonos, las realizaron de la misma manera de los que hoy ejecutan a la Argentina, teniendo sus mismos objetivos en cuanto a maximizar sus ganancias especulativas, sin importarles en modo alguno los perjuicios ocasionados al país, porque esa es la lógica del capitalismo, y así operan sistemáticamente los operadores financieros.

EL CONFLICTO ENTRE BUITRES
En estos momentos, habiéndose negociado el 93% de la deuda, por intermedio de un conjunto de bancos, algunos de ellos históricos acreedores de la Argentina como el Citibank, quedó fuera de los canjes del 2005 y 2010, apenas un 9%, de esa deuda, que entre capital e intereses suman alrededor de 11.000 millones de dólares, adquiridos por capitales especulativos marginales a los grandes sectores financieros. Es por eso que el Banco de la Reserva Federal, ha solicitado, que no se ponga en peligro el cobro de los que negociaron con el gobierno, porque ello pondría en peligro todo el esquema financiero acordado con los bancos transnacionales.

Para Citigroup Global Markets Inc. y Deutsche Bank Securities Inc. y Barclays Capital Inc., UBS Limited y Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith Incorporated, quienes participaron en los dos canjes de deuda, resulta inadmisible que sus ganancias, se vean comprometidas por la acción de NML y Aurelius que pidieran al Juez Griesa, que aplique la clausula pari passu inserta en los bonos ejecutados, y de esa manera pretender cobrar en un pie de igualdad con aquellos que si aceptaron negociar con el gobierno. Los “grandes” especuladores, no toleran que los buitres más chicos puedan entorpecer el gran negocio de los bonos, que desde hace más de treinta años significa una formidable transferencia de recursos del país hacia los grandes centros del poder real.

Aunque el Banco de la Reserva Federal, controlado por los grandes buitres, exigiera una solución al problema, que evitara un perjuicio para los bonistas negociadores, el Juez Thomas Griesa decidió, ayer que la Argentina cumpla estrictamente con lo que pactó en todos los bonos emitidos durante la década de 90, ya que en ningún caso, podría realizar negociaciones o arribar a acuerdos que privilegiaran a unos acreedores sobre otros, debido a que la cláusula pari passu inserta en un contrato financiero determina que los créditos deberán de guardar las mismas igualdades de derechos y obligaciones en relación con otras deudas similares de un mismo emisor.

Por cierto que, ante el reciente fallo de Griesa las descalificaciones han llovido, aunque a nadie se le ocurrió ir al origen del problema, a los pactos que celebró la Argentina durante el menemismo, a los que se obligó y renunció, y debido a eso, son las consecuencias que se deben afrontar.

La intención de mostrar estos acuerdos; con Telefónica en un caso, y con los prestamistas en otro, cuya relevancia económica resulta indiscutible, tiene el propósito de que se pueda reflexionar sobre estas conductas gubernamentales que no son propias de lo que es un ESTADO y son la evidencia de una forma de detentar el poder, que solo privilegia los intereses del grupo que lo ejerce, de espaldas al interés nacional.
Buenos Aires, 20 de noviembre de 2012

ALEJANDRO OLMOS GAONA

miércoles, 21 de noviembre de 2012

En la Argentina hay 35 ríos, arroyos y lagos apropiados por terratenientes

Es en ocho provincias, de acuerdo con un relevamiento de Tiempo Argentino
En la Argentina hay 35 ríos, arroyos y lagos apropiados por terratenientes
Son empresarios locales y extranjeros que se adueñaron de recursos hídricos que deberían ser accesibles para todos los habitantes. Incumplen la ley y, muchas veces, recurren a la violencia. Los negocios privados y el caso de Corrientes.

Por:
Fernando Pittaro


Un empresario inglés alambra un lago en Río Negro, un millonario italiano cierra una ruta provincial y aísla a un pueblo en Chubut. Un magnate de medios estadounidense pone una tranquera e impide el paso al río Traful, en Neuquén. Y en San Martín de los Andes, el custodio privado de un complejo de cabañas mata de un balazo a un joven por estar pescando con un amigo a orillas del río Quilquihue.

Son apenas algunos ejemplos de los innumerables casos de apropiación ilegal de recursos hídricos por parte de empresarios argentinos y extranjeros que violan leyes provinciales y nacionales, y pasan a ser “okupas” de escenarios naturales que deberían estar abiertos al público. Así lo pudo comprobar Tiempo Argentino tras un relevamiento en todo el país, que permitió detectar en ocho provincias 35 casos en los que ríos, lagos, arroyos, costas y lagunas dejan de ser de todos para ser de algunos pocos, que no prescinden de recurrir a la violencia para obtener y conservar sus privilegios.

El artículo Nº 2.340 del Código Civil incluye a los mencionados recursos como “bienes públicos”, es decir, que pertenecen a los habitantes en general, lo que significa que no está permitido que sean comprados, vendidos, ni transferidos. Sin embargo, lo que viene sucediendo es justo lo contrario. También el artículo 2.639 del mismo código sufre constantes incumplimientos. Esa cláusula indica que “los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización”. Es otra norma que pocos terratenientes respetan.

En Córdoba, por ejemplo, sólo en 2009 la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento retiró 500 alambrados en las sierras chicas que impedían el libre tránsito. En localidades serranas como Huerta Grande, Villa Giardino o La Cumbre es frecuente ver espejos de agua dentro de propiedades y hasta muros con candados que impiden el paso peatonal. En 2004, el gobierno cordobés colocó mojones en siete lagos que delimitaron por primera vez lo público de lo privado, pero ese plan se frenó en 2007.
En la Patagonia la situación es aun más crítica. Es la región donde existen más casos de grandes propietarios, la mayoría de ellos extranjeros, copando espacios públicos. Uno de los más emblemáticos es el del inglés Joe Lewis. En 2011, la justicia rionegrina le ordenó abrir el camino público que atraviesa su mansión y llega hasta el Lago Escondido. Lewis nunca acató el pedido.
Por su parte, el magnate textil Luciano Benetton se apropió de 15 kilómetros de la ruta provincial Nº 4, prohibiendo el acceso al río Chubut y dejando al pueblo de El Maitén con una salida menos.

Otro tanto ocurre en Neuquén con la estancia La Primavera. Allí, hace doce años que Ted Turner, dueño de la cadena CNN, mantiene a los pobladores cautivos en sus propios campos. Uno de ellos es Miguel Lagos, que para salir de sus tierras debía pedir permiso y sortear tranqueras con candados y hasta un puente enrejado. Hoy, Lagos vive en Villa La Angostura. “Me tuve que ir porque me hacían la vida imposible, pero todavía siguen viviendo familias que para salir tienen que hacerlo de a pie y esquivando una zanja de dos metros de profundidad que bordea el terreno”, explicó Lagos a Tiempo. También agregó que “encadenaron el acceso a los ríos Minero y Traful y nadie puede acceder, y al que lo intenta lo corren a los tiros”.

En Santa Cruz los poderosos también parecen tener más peso que la propia ley. Apellidos como Pérez Companc, Benetton, Menéndez Bethy y Braun Menéndez figuran entre los poseedores de grandes estancias que vedan el acceso público a espejos de agua como el lago Strobel, los ríos Penitentes y Gallegos, y las lagunas Chica, Larga y Cóndor. 

Oscar Nieddu, ex presidente del Club de Pesca y Tiro Fontinalis, de Río Turbio, relató que “prácticamente ya no se puede pescar en ningún lado de la provincia porque los que dicen quién pasa y quién no son los guardias privados”. Tener el carné habilitante al día ya no alcanza. “Hay muchos lugares que son públicos, pero como hay cotos de caza y pesca privados, tenés que pagar para entrar –sostuvo Nieddu–. Y en otros, directamente no pasás ya que sólo está permitida la entrada a turistas extranjeros a los que le cobran hasta dos mil dólares por día.”

En igual sentido se expresó Ángel González, titular de la Asociación Ríos Libres, entidad que brega por el derecho a acceder sin restricciones a las costas de los cursos de agua. A su hijo de 30 años, Cristian González, lo mataron de un balazo en el cuello el 30 de agosto de 2006, mientras pescaba con un amigo en el río neuquino Quilquihue, cerca del lago Lolog. Le disparó Horacio Calderón, custodio de un complejo de cabañas, que fue condenado a 13 años y medio de prisión. Gaspar Schroh, dueño de la cabaña que facilitó el arma, recibió dos años y medio en suspenso. Hoy está en libertad.

En diálogo con este diario, Ángel González describió la gravedad de una problemática que se repite en varios puntos de la Patagonia. “Los privados no sólo se adueñan de los lagos y los ríos sino que también de la vida de nuestro hijo por defender su negocio. La mayoría trabajan con turismo internacional y le ofrecen el servicio completo de pesca, caza o recreación. El cabañero no dejaba que la gente acampe ni pesque para garantizarles exclusividad a sus clientes”, afirmó González.
Pero no sólo en el sur estas apropiaciones son moneda corriente. También es muy frecuente en la zona del delta del Paraná, donde se asienta uno de los humedales más importantes del planeta. Allí, la modalidad es diferente pero los casos también se cuentan de a decenas.

El arroyo La Cruz, entre la localidad entrerriana de Victoria y la santafesina de Rosario, fue cerrado por un empresario ganadero, cortando por la mitad un enorme sistema de humedales con un endicamiento de dos metros de altura. Cerca de allí, otro productor agropecuario clausuró un arroyo navegable para poder llegar hasta su casa en 4x4.
Elba Stancich, coordinadora del Taller Ecologista Rosario, aseguró que “se construyen terraplenes removiendo el suelo para la construcción de un canal y a través de un sistema de bombas se regula el agua. Esto significa cerrar arroyos, tapar lagunas y cerrar el paso a la gente que estaba acostumbrada a ir a pescar a lugares de costa que hoy están interrumpidos”.

En el sur de Entre Ríos la historia se replica. Allí, Pedro Pou, ex presidente del Banco Central durante el menemismo, levantó un megaterraplén del mismo largo que la autopista Buenos Aires-La Plata, para evitar que las crecidas del río Gualeguaychú y Paraná inunden sus propiedades. Otro tanto sucede en Corrientes, provincia paradigmática en cuanto a la privatización del capital acuífero (ver aparte).
La treintena de casos que Tiempo pudo contabilizar en el mapa argentino dan cuenta del accionar de empresarios nacionales y extranjeros que se adueñan de recursos naturales públicos para garantizar sus negocios. Sin dudas, hay muchos más. Y esto sucede a cuatro meses de la reglamentación de la Ley de Tierras, que busca poner fin a este tipo de especulación de los privados y a la complicidad de los estados municipales y provinciales. <



El caso del vice de Clarín

Mucho se habla de las millones de hectáreas que están en manos extranjeras, pero poco se dice de la batalla silenciosa que se está librando por el acceso a un recurso vital y cada vez más escaso como es el agua.

La provincia de Corrientes es emblemática en este sentido. Desde hace dos años, el magnate húngaro George Soros viene regando 4200 hectáreas de cultivos de arroz con aguas del río Paraná, aprovechando permisos precarios hechos a la medida de sus intereses. 

En los Esteros del Iberá hace 25 años desembarcó la millonaria francesa Madame Beaux, que en 2010 construyó una represa para regar 1000 hectáreas de arroz, pero nunca presentó el estudio de impacto ambiental correspondiente. Por el uso de las aguas públicas, Beaux pagó menos de seis pesos por cada hectárea sembrada.

Cerca de allí, el norteamericano Douglas Tompkins tiene más de 200 mil hectáreas. Y si bien Tompkins asegura que no tiene interés en hacer uso comercial de la zona, hay quienes alertan acerca de la ubicación estratégica de sus campos: están sobre el acuífero Guaraní, una de las reservas de agua dulce más codiciadas del mundo.

En 2010, Tiempo Argentino reveló que, también en suelo correntino, José Antonio Aranda, vicepresidente del Grupo Clarín, planeaba adueñarse del arroyo Ayuí para construir una represa en sociedad con Soros. Una vez más, el objetivo era usufructuar un recurso público para garantizar un negocio privado. El proyecto, que pretende inundar 8000 hectáreas y eliminar 130 kilómetros de bosques en galería, ya fue desautorizado por la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación y frenado por la Corte Suprema de Justicia.

Recursos hídricos
QUÉ DICE LA LEY
Según indica el artículo 2.340 del Código Civil argentino, están comprendidos entre los bienes públicos “los ríos, sus cauces, y toda otra agua que tenga o adquiera la aptitud de satisfacer usos de interés general”, como “los lagos navegables y sus lechos”.

Extranjerización
Magnates
Soros, Benetton, Lewis y Turner se encuentran entre los varios millonarios extranjeros que usufructúan recursos hídricos públicos en la Argentina.
http://tiempo.infonews.com/2012/07/08/investigacion-80447-en-la-argentina-hay-35-rios-arroyos-y-lagos-apropiados-por-terratenientes.php
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